CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo Único.- Se aprueba la inscripción de recursos de crédito externo por la suma de Bs.562.800.- (QUINIENTOS SESENTA Y DOS mil novecientos 00/100 BOLIVIANOS), para incrementar la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” en la Entidad 040 Ministerio de Desarrollo Económico, Programa 10 Normas y Políticas para el Desarrollo de la Industria, Comercio y Exportaciones, Actividad 03 Cooperación Técnica al Programa de Fortalecimiento Competitivo de los Sectores Productivo y Financiero, Dirección Administrativa 01 Unidad Ejecutora/Dirección Administrativa Institucional, Unidad Ejecutora 02 Viceministerio de Industria, Comercio y Exportaciones, con recursos de la Fuentede Financiamiento 70 Crédito Externo, Organismo Financiador 314 Corporación Andina de Fomento - CAF.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27942, 20 de diciembre de 2004 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba la inscripción de recursos de crédito externo por la suma de Bs. 562.800 , para incrementar la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” del Ministerio de Desarrollo Económico, para el Programa de Fortalecimiento Competitivo de los Sectores Productivo y Financiero, con recursos de la Corporación Andina de Fomento - CAF. | ||||
Keywords | Gaceta 2701, 2004-12-23, Decreto Supremo, diciembre/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25496 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.