CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar a las Entidades del Sector Público que financian sus Presupuestos con recursos del Tesoro General de la Nación, a suscribir convenios con las Empresas Nacionales de Aviación Civil, por concepto de pasajes y carga aérea hasta el límite de su presupuesto aprobado en las partidas de gasto correspondiente, que serán financiados con Notas de Crédito Fiscal.
Artículo 2°.- (Autorizacion) Se autoriza al Ministerio de Hacienda emitir Notas de Crédito Fiscal con cargo al presupuesto de las Entidades del Sector Público, que suscriban convenios con las Empresas Nacionales de Aviación Civil, previa modificación presupuestaría al “Organismo Financiador TGN Papeles”, los mismos que no podrán ser utilizados y/o transferidos para otros fines.
Artículo 3°.- (Vigencia) La Máxima Autoridad Ejecutiva está autorizada a suscribir convenios con las Empresas Nacionales de Aviación Civil, en las Gestiones 2004 y 2005 dentro lo establecido en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo.
Artículo 4°.- (Autorizacion, seguimiento y control)
Artículo 5°.- (Costo) El costo de los servicios prestados por las Empresas Nacionales de Aviación Civil, a funcionarios públicos autorizados, no podrá ser en ningún caso mayor al establecido para el público en general, para este fin la Superintendencia de Transportes hará conocer las tarifas regulares Nacionales e Internacionales en forma semanal.
Artículo 6°.- (Reglamentacion) El Ministerio de Hacienda y la Superintendencia de Transportes mediante Resolución Ministerial reglamentará el procedimiento para hacer efectivo el presente Decreto Supremo.
Artículo 7°.- (Excepcionalidad) Con motivo del lanzamiento de la imagen emblemática de Bolivia Salar de Uyuni - Desiertos Blancos y Lagunas de Colores, a realizarse el día 28 de octubre de 2004, se autoriza por única vez al Ministerio de Desarrollo Económico:
Al pago de pasajes y carga aérea para personas que no forman parte de la estructura de dicho Ministerio, con la finalidad de su participación en el mencionado evento.
A la contratación de las líneas aéreas nacionales para el transporte de carga y pasajeros con destino a dicho evento.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27793, 15 de octubre de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizar a las Entidades del Sector Público, a suscribir convenios con las Empresas Nacionales de Aviación Civil, por concepto de pasajes y carga aérea hasta el límite de su presupuesto aprobado. | ||||
Keywords | Gaceta 2671, 2004-10-27, Decreto Supremo, octubre/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25347 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saul Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Silvestre Alarcón Mondonio Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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