CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo Único.- Se dispone diferir la obligación del Tesoro General de la Nación de pago de Bs.8.820.258.- (OCHO MILLONES novecientos VEINTE mil DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS), por cuenta de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, a la Superintendencia de Hidrocarburos, a partir de diciembre de 2004, por el período de 5 años, establecida en el inciso b) de la “Deuda 1” correspondiente al Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 24616 de 14 de mayo de 1997.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27552, 4 de junio de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se dispone diferir la obligación del TGN de pago de Bs. 8.820.258 , por cuenta de YPFB a la Superintendencia de Hidrocarburos. | ||||
Keywords | Gaceta 2611, 2004-06-08, Decreto Supremo, junio/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25106 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle , José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Romero Mallea Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orias, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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