CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Se crea el Consejo Interinstitucional del Agua, cuya sigla es “CONIAG”, con la finalidad de abrir un espacio de diálogo y concertación entre el gobierno y las organizaciones económicas y sociales para adecuar el actual marco legal, institucional y técnico relacionado con la temática del agua, de manera que se ordene y regule la gestión de los recursos hídricos.
Artículo 2°.- (Funciones) El Consejo Interinstitucional del Agua tiene las siguientes funciones:
Artículo 3°.- (Integrantes) El Consejo Interinstitucional del Agua estará integrado por:
Artículo 4°.- (Funcionamiento)
Artículo 5°.- (Secretaria Tecnica) El Consejo Interinstitucional del Agua contará con una Secretaría Técnica, encargada de sistematizar, articular y facilitar el proceso de diálogo y concertación del CONIAG, cuya conformación será determinada en el Reglamento de Funcionamiento del CONIAG.
Artículo 6°.- (Vigencia) El Consejo Interinstitucional del Agua tendrá una duración de tres años a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, debiendo elaborar un plan de trabajo y cronograma de actividades para su aprobación en la primera sesión del CONIAG. Su disolución será mediante disposición legal expresa.
Artículo 7°.- (Reglamento) El Consejo Interinstitucional del Agua deberá elaborar y aprobar su reglamento de funcionamiento, en el plazo de ciento veinte días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
Artículo 8°.- (Financiamiento) La organización y funcionamiento de la Consejo Interinstitucional del Agua y de su Secretaría Técnica no significarán erogaciones adicionales de recursos del Tesoro General de la Nación a las ya establecidas en los presupuestos institucionales de los miembros gubernamentales del CONIAG.
Artículo 9°.- (Remuneracion) De acuerdo a lo establecido en el Artículo 43, inciso VII del Decreto Supremo Nº 25055 de 23 de mayo de 1998, la asistencia a reuniones y las actividades de los integrantes del CONIAG, no serán rentadas.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26599, 20 de abril de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crea el Consejo Interinstitucional del Agua, cuya sigla es “CONIAG”. | ||||
Keywords | Gaceta 2392, 2002-04-26, Decreto Supremo, abril/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24155 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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