CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- (Modificaciones) Modificase el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 25855 de 27 de julio de 2000, en la forma que se indica a continuación:
“Artículo 2 .- (Restricciones para el cálculo del margen de refinería para el GLP).- Aclárase que para la aplicación de la fórmula descrita en el artículo precedente se debe tomar en cuenta la siguiente restricción:
PMFGt+1 = PMFGt
donde;
PMFGt es el precio máximo final del GLP, resultante de la metodología establecida en el artículo 19 del Reglamento de Precios y que para este efecto es el Precio Máximo Final del día en que se detectó la última variación.
PMFGt+1 es el precio máximo final del GLP, resultante de la metodología establecida en el artículo 19 del Reglamento de Precios y que para este efecto es el Precio Máximo Final del día en que se detecta la última variación.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26124, 27 de marzo de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modificase el Artículo 2 del Decreto Supremo No 25855 de 27 /07/ 2000, sobre Hidrocarburos G.L.P. | ||||
Keywords | Gaceta 2301, 2001-03-31, Decreto Supremo, marzo/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23681 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Amalia Anaya Jaldín MINISTRA INTERINA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Walter Nuñez Rodríguez MINISTRO INTERINO DE AGRICULTURA GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, Neisa Roca Hurtado MINISTRA INTERINA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACION, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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