CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo, tiene por objeto crear el Consejo Interinstitucional para el Desarrollo y Lucha Contra la Pobreza en la ciudad de El Alto.
Artículo 2°.- (Mision)
Artículo 3°.- (Atribuciones del CIDEA) El CIDEA tiene las siguientes atribuciones:
Garantizar el cumplimiento de los objetivos encomendados por el Gobierno Nacional.
Concertar políticas y lineamientos de acción, sobre infraestructura básica, y atención en salud y educación, para coadyuvar al desarrollo y lucha contra la pobreza en la ciudad de El Alto.
Impulsar la administración de los recursos de acuerdo a los planes operativos anuales y los presupuestos aprobados para coadyuvar al desarrollo y lucha contra la pobreza en la ciudad de El Alto.
Coordinar la gestión de recursos financieros internos y externos destinados a la ejecución de planes, programas y proyectos, los que deberán ser canalizados a través de la Prefectura del Departamento de La Paz y destinados exclusivamente al CIDEA.
Promover programas, proyectos y servicios para coadyuvar al desarrollo y lucha contra la pobreza en la ciudad de El Alto.
Apoyar los planes, programas y proyectos para el desarrollo y lucha contra la pobreza en la ciudad de El Alto.
Artículo 4°.- (Conformacion del CIDEA)
I El CIDEA, está integrado por once miembros:
Prefecto del Departamento de La Paz.
Un Representante del Ministerio de Hacienda
Un Representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Un Representante del Ministerio de Salud y Previsión Social.
Un Representante del Ministerio de Trabajo y Microempresa.
Un Representante del Ministerio de Vivienda y Servicios Básicos.
Un Representante de la Alcaldía Municipal de la ciudad de El Alto.
El Arzobispo de la ciudad de El Alto.
El Presidente de la Asamblea del Consejo de la Alteñidad
Un Representante del Directorio Único de Fondos
Un Representante del programa de Atención a Niños y Niñas Menores de 6 años -PAN.
II EL CIDEA será presidido por el Prefecto del Departamento de La Paz, como representante directo del Excelentísimo Señor Presidente de la República y como máxima autoridad del departamento de La Paz.
Artículo 5°.- (Apoyo tecnico especializado) I El Prefecto del Departamento de La Paz contará con un asesor especializado y con amplía experiencia en el tema de desarrollo y lucha contra la pobreza en la ciudad de El Alto.
Artículo 6°.- (Autonomia de funcionamiento)
Artículo 7°.- (Recursos financieros) El CIDEA se encargará de la elaboración del presupuesto anual de funcionamiento que aprobado por la Presidencia de la República será inserto en el Presupuesto del Ministerio de la Presidencia
Artículo 8°.- (Recursos fisicos) Los activos físicos e intangibles de la Ex Oficina del Delegado Presidencial de El Alto, serán la base operativa del Equipo Técnico de Apoyo.
Artículo 9°.- (Reglamentacion al presente Decreto Supremo) El Prefecto del Departamento de La Paz, dentro de los objetivos establecidos por el Gobierno Nacional y de las instrucciones recibidas por el Excelentísimo Señor Presidente de la República, elaborará la reglamentación del presente Decreto Supremo, la misma que será aprobada mediante Resolución Prefectural.
Artículo 10°.- (Aprobaciones y derogaciones)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25911, 22 de septiembre de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crea el Consejo Interinstitucional para el Desarrollo y Lucha Contra la Pobreza en la ciudad de El Alto. | ||||
Keywords | Gaceta 2247, 2000-09-25, Decreto Supremo, septiembre/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23473 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald Mac Lean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, Luis Fernando Quiroga Ramírez, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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