CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- A partir del ejercicio fiscal del año 2000 las partidas presupuestarias de contraparte nacional de la República de Bolivia para gastos de funcionamiento corriente y de contrapartidas para los convenios internacionales a cargo de la Autoridad Binacional del Sistema Hídrico TDPS - ALT y de la Unidad Operativa Boliviana (U. O. B.), serán asignadas a un programa especial, bajo la tuición del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Los proyectos de preinversión e inversión que se encomienden a la ALT para su ejecución serán presupuestados en los sectores que correspondan, según su naturaleza.
Artículo 2°.- Las partidas presupuestarias mencionadas en el artículo anterior guardarán coherencia con las previsiones consideradas en cada Plan Operativo Anual que presentará la ALT y la UOB al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para luego ser remitido al Ministerio de Hacienda para su aprobación e inclusión en el presupuesto del año que corresponda, en aplicación del Art.16 del Estatuto de la ALT.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25723, 31 de marzo de 2000 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Las partidas presupuestarias serán asignadas a un programa especial, bajo la tuición del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de la Autoridad Binacional del Sistema Hídrico TDPS ALT y de la Unidad Operativa Boliviana (U.O.B). | ||||
Keywords | Gaceta 2209, 2000-04-07, Decreto Supremo, marzo/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13018 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juán Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Ronald MacLean Abaroa. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.