CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Queda abrogado el Decreto Supremo Nº 24098 de 25 de agosto de 1995 y disposiciones legales conexas contrarias al presente decreto.
Artículo 2°.- Las autoridades competentes en materia de Aeronáutica Civil quedan encargadas de proponer al Ejecutivo para que mediante decreto supremo se adopten las medidas correspondientes, con el fin de regular el transporte aéreo nacional e internacional, de conformidad con la legislación en vigencia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24934, 30 de diciembre de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Queda abrogado el decreto supremo 24098 de 25 /08/ 1995. | ||||
Keywords | Gaceta 2048, 1998-01-19, Decreto Supremo, diciembre/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16529 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Luis Daza Montero, MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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