CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se exceptúa a la Policía Nacional de los alcances del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 24586, aprobando la nueva escala salarial de la Policía Nacional, para su vigencia a partir del mes de mayo de 1997, según anexo adjunto, que contempla un ajuste lineal del 7, 5% a la escala salarial aprobada al mes de abril de 1997.
Artículo 2°.- Los Ministerios de Gobierno y de Hacienda efectuarán los traspasos de recursos emergentes de la aplicación del presente Decreto Supremo, al presupuesto de la Policía Nacional, en estricta aplicación de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 23251 que reglamenta el procedimiento para modificaciones presupuestarias.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24647, 12 de junio de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se exceptúa a la Policía Nacional de los alcances del artículo 2 del Decreto Supremo 24586, aprobando la nueva escala salarial de la Policía Nacional. | ||||
Keywords | Gaceta 2007, 1997-06-23, Decreto Supremo, junio/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18175 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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