Bolivia: Decreto Supremo Nº 24633, 27 de mayo de 1997
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
- Que mediante Decreto Supremo Nº 22304 de 13 de septiembre de 1989 el Gobierno Nacional ratificó la prioridad del Proyecto Múltiple Misicuni y autorizó gestionar ante el Gobierno de Italia y otras fuentes, el financiamiento para la construcción de la primera fase del Proyecto Múltiple Misicuni.
- Que mediante Licitación Pública Internacional No. C3D/141/92 la agencia de compras y contratación de servicios del Sector Público Boliviano C3D recomendó adjudicar las obras de “Trasvase de los Ríos Titiri y Serkheta” al Consorcio “Condotte - Cosapi - Transandina” por un monto total de (sesenta millones seiscientos cincuenta y siete mil novecientos ochenta y nueve 47/100 bolivianos (Bs60.657.989, 47) y veintitrés mil novecientos doce millones ciento setenta mil cuatrocientos diecisiete 48/100 Liras Italianas (LI 23.812.170.417, 48) y un plazo de ejecución de 1.825 días.
- Que en la señalada Licitación Pública Internacional No. C3D/141/92, el “Consorcio Astaldi - ICE Ingenieros” presentó la segunda mejor propuesta económica, de acuerdo al “Informe de Evaluación de Propuestas” presentado por C3D.
- Que en cumplimiento de la recomendación de C3D, el 12 de mayo de 1993, la Empresa Misicuni y el Consorcio Condotte - Cosapi - Transandina“suscribieron el Contrato para la Construcción de las Obras del Proyecto de Trasvase de los Ríos Titiri - Serkheta” (Contrato de Trasvase), condicionando su vigencia a la vigencia plena del Convenio de Crédito suscrito entre el Gobierno de Bolivia y el Instituto Centrale per il Credito a Medio Termine de la República de Italia.
- Que hasta que el Contrato de Trasvase se encuentre en vigencia, la Empresa Misicuni y el “Consorcio Condotte - Cosapi - Transandina”, suscribieron el 15 de septiembre de 1995, el “Convenio de Ejecución Parcial de Obras del Túnel de Trasvase” para la ejecución de las obras del túnel en una longitud de 310 metros.
- Que mediante escritura pública No.436 de 30 de noviembre de 1995, la empresa Transandina Ltda. se retiró en forma definitiva del “Consorcio Condotte - Cosapi - Transandina”, quedando integrado dicho consorcio por las empresas Societá Italiana per Condotte d’Acqua SpA y Cosapi S.A..
- Que el 10 de octubre de 1996 el Gobierno de Bolivia y el Instituto Centrale per il Credito a Medio Termine de la República de Italia, suscribieron el Convenio de Crédito para el financiamiento de las obras del Trasvase de los Ríos Titiri - Serkheta, por el monto de treinta mil millones 00/100 de Liras Italianas (LI 30.000.000.000), el cual se encuentra en vigencia plena desde el 10 de febrero de 1997.
- Que en virtud de haber entrado en vigencia el Contrato de Trasvase, la Empresa Misicuni dio la orden de inicio de obras el 12 de febrero de 1997 y, ante la negativa del Contratista a iniciar las obras, la Empresa Misicuni, en aplicación de las previsiones contractuales, mediante comunicación del 1ro. de abril de 1997, declaró resuelto el Contrato de Trasvase por incumplimiento del Consorcio Condotte - Cosapi.
- Que el Banco Mundial ha condicionado la ampliación del plazo de ejecución del Crédito 2187-BO a la Concesión del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Cochabamba (SEMAPA), indicando que el proceso debe ser concluido antes del 30 de junio de 1997.
- Que mediante Resolución de Directorio No.008/96 de fecha 19 de marzo de 1996, SEMAPA dispuso la privatización en la prestación del servicio público de agua potable y alcantarillado en el área servida por la misma, mediante la modalidad de concesión.
- Que mediante Decreto Supremo Nº 24574 de 19 de abril de 1997 se ha autorizado a SEMAPA a llevar a cabo el proceso de participación privada en la prestación del servicio público de agua potable y alcantarillado utilizando el modelo de concesión a largo plazo, arrendar sus bienes inmuebles y transferir sus bienes muebles o constituir un derecho de explotación sobre el conjunto de bienes necesarios al servicio público, como una unidad económica, y transferir determinados activos y pasivos, en favor del titular de la concesión del servicio público, a ser otorgada conforme a ley.
- Que el Ministerio sin Cartera Responsable de Capitalización convocó en abril de 1997 a la Licitación Pública Internacional No. MC-Aguas/2/97 para la Concesión de Aprovechamiento de Aguas y la Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Alcantarillado en la ciudad de Cochabamba y sus Alrededores.
- Que al haberse resuelto el Contrato de Trasvase, la Empresa Misicuni invitó al Consorcio Astaldi - ICE Ingenieros, a ratificar su propuesta presentada para la Licitación Pública Internacional No. C3D/141/92 y actualizar la misma de acuerdo a los mecanismos previstos en los Términos de Referencia de la mencionada Licitación.
- Que el Consorcio Astaldi - ICE Ingenieros, ratificó y actualizó su propuesta, y la Comisión Evaluadora de la Empresa Misicuni, luego de establecer la viabilidad legal, técnica y económico-financiera de la misma, recomendó su adjudicación.
- Que mediante Resolución de Directorio No.02/97 de 15 de abril de 1997, la Empresa Misicuni resolvió adjudicar la construcción de las obras del Túnel de Trasvase de los Ríos Titiri - Serkheta, al Consorcio Astaldi - ICE Ingenieros.
- Que con el propósito de dar una solución estructural al problema de abastecimiento de agua potable y de riego de los municipios y tierras agrícolas de los valles de Cochabamba, el Gobierno Nacional ha formulado una estrategia integral de desarrollo de recursos hídricos que determinan la ejecución del Proyecto Múltiple Misicuni, la ejecución del Proyecto Múltiple Sacaba y la concesión de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Cochabamba y sus alrededores.
- Que a fin de dar solución a la urgente necesidad de dotar de agua potable y de riego a los municipios y áreas agrícolas del Valle Central y Bajo de Cochabamba, es necesario dar los pasos iniciales para asegurar la participación privada en el Proyecto Múltiple Misicuni.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se homologa la Resolución de Directorio de la Empresa Misicuni No.02/97 de 15 de abril de 1997, que dispone la adjudicación de la construcción de las obras del Túnel de Trasvase de los Ríos Titiri - Serkheta, al Consorcio Astaldi - ICE Ingenieros.
Artículo 2°.- La Empresa Misicuni deberá negociar y celebrar el contrato con el Consorcio Astaldi - ICE Ingenieros para la construcción de las obras del Túnel de Trasvase de los Ríos Titiri - Serkheta, en el plazo de quince (15) días, computable a partir de la fecha de publicación del presente decreto supremo.
Artículo 3°.- La vigencia del contrato especificado en el artículo anterior estará condicionada a la adjudicación de la Licitación Pública Internacional No. MC-Aguas/2/97, para la concesión de Aprovechamiento de Aguas y la Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Cochabamba y sus Alrededores.
Artículo 4°.- Se condiciona el pago del Anticipo del Contrato para la Construcción de las Obras del Túnel de Trasvase de los Ríos Titiri - Serkheta y su consiguiente inicio de obras, a la Fecha de Inicio definida en los documentos de la Concesión de Aprovechamiento de Aguas y de la Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Cochabamba y sus Alrededores.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia y sin Cartera Responsable de Capitalización quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.