Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- En ejercicio de las atribuciones privativas del Poder Ejecutivo a nivel nacional, los procesos de reordenamiento de los activos, bienes, valores, acciones y derechos correspondientes a las distintas Corporaciones Regionales de Desarrollo continuarán efectuándose de conformidad con la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992. el Decreto Supremo Nº 23001 de lo de abril de 1995 y la resolución suprema 215521 de 13 de abril de 1995.
Artículo 2°.- Para la ejecución de los procesos de reordenamiento especificados en el artículo anterior, el Prefecto del Departamento correspondiente emitirá las resoluciones y suscribirá los documentos de transferencia respectivos.
Artículo 3°.- Los procesos de reordenamiento especificados, que iniciaron su ejecución antes de la entrada en vigencia de la Ley de Descentralización Administrativa, serán concluidos de conformidad a las disposiciones legales mencionadas en el artículo 1 del presente decreto supremo y con la intervención del Prefecto del Departamento respectivo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24229, 8 de febrero de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Los procesos desordenamiento de los activos; bienes, valores, acciones y derechos continuarán efectuándose de conformidad con la Ley 1330 de 24 de abril de 1992. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, febrero/1996 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24229.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain. Jorge Otasevic Toledo. José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer. Fernando Candía Castillo, Freddy Teodovich Ortiz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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