CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Disponer que mediante la Secretaría Nacional de Educación y mientras se encuentren las soluciones más adecuadas para el cumplimiento de los acuerdos Central Obrera Boliviana y Gobierno, se realicen los descuentos respectivos de: pulpería, préstamos del Fondo Complementario, Policlínicos del Magisterio Nacional, Cooperativas, Prodeudos, Provejez y cuota mortuoria a los maestros que se hagan acreedores a dichos descuentos por el período de noventa días a partir del mes de mayo de 1995.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24011, 19 de mayo de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Disponer que mediante la Secretaría Nacional de Educación y mientras se encuentren las soluciones más adecuadas para el cumplimiento de los acuerdos Central Obrera Boliviana y Gobierno, se realicen los descuentos respectivos de: pulpería, préstamos del Fondo Complementario, Policlínicos del Magisterio Nacional, Cooperativas, Prodeudos, Provejez y cuota mortuoria a los maestros que se hagan acreedores a dichos descuentos por el período de noventa días a partir del mes /05/ 1995. | ||||
Keywords | Gaceta 1883, 1995-06-05, Decreto Supremo, mayo/1995 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16745 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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