CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificándose parcialmente el Artículo 118 del Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993 reglamentario de la Ley Nº 1493 de ministerios, dispónese que los siguientes fondos pasan a dependencia del Ministerio de la Presidencia, en todo lo que corresponda:
- Fondo de Inversión Social (FIS)
- Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR)
- Fondo de Desarrollo Campesino (FDC)
- Fondo de Vivienda Social (FONVIS)
Artículo 2°.- Compete al Ministro de la Presidencia, a propuesta de su Secretario Nacional de Coordinación, designar los directores de los fondos mencionados, excepto presidentes, nombramientos que el artículo 1 numerales 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 23855 de 7 de septiembre de 1994 atribuía “al ministro responsable”, precepto que queda aclarado y modificado en ese sentido.
Artículo 3°.- Se agrega como literal f al artículo 34 del Decreto Supremo Nº 23660, reglamentario de la ley de ministerios, la siguiente nueva atribución del Secretario Nacional de Coordinación del Ministerio de la Presidencia:
“f) Proponer al Ministro de la Presidencia ternas para el nombramiento de directores del Fondo de Inversión Social, Fondo Nacional de Desarrollo Regional, Fondo de Desarrollo Campesino y Fondo Nacional de Vivienda Social.”
Artículo 4°.- Modificase la parte pertinente del artículo 118 del Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993, reglamentario de la Ley Nº 1493 de ministerios, disponiéndose que la Oficina Nacional de Asistencia Alimentaria (OFINAAL) pasa también a dependencia del Ministerio de la Presidencia, en todo lo correspondiente.
Artículo 5°.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarías a este decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24010, 19 de mayo de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modificándose parcialmente el artículo 118 del decreto supremo 23660 reglamentario de la ley 1493 de ministerios, dispónese que los siguientes fondos pasan a dependencia del Ministerio de la Presidencia, en todo lo que corresponda. | ||||
Keywords | Gaceta 1883, 1995-06-05, Decreto Supremo, mayo/1995 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16744 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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