CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Agrégase la categoría 3A al artículo 4 del Decreto Supremo Nº 23027 de 10 de enero de 1, 992, con los ingresos presuntivos e impuestos trimestral siguientes:
Categoría | Ingreso trimestral (en bolivianos) | Impuesto trimestral (en bolivianos) |
3A Buses modelo 85 adelante. | 7.000, - | 700, - |
Artículo 2°.- Las flotas y las asociaciones de hecho de personas individuales sindicalizadas y propietarias hasta de dos vehículos que prestan servicios de transporte interdepartamental de pasajeros, mencionados en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 23027 de 10 de enero de 1, 992, tributarán en el sistema tributario integrado en la categoría 3A que el artículo lro. del presente decreto agrega al artículo 4 del Decreto Supremo Nº 23027.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23346, 2 de diciembre de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Agrégase la categoría 3A al Art. 4 del D.S. N° 23027 de 10 de enero de 1,992. | ||||
Keywords | Gaceta 1770, 1993-01-25, Decreto Supremo, diciembre/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9961 | ||||
Referencias | 1993.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la República a. i., Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Oscar Daza Márquez Min. Asuntos Urbanos a. i., José Luis Lupo Flores. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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