CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Modifícase el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 22979 de 20 de noviembre de 1, 991, con el siguiente tenor:
“Los trámites de Capitalización con Premio iniciados ante el Banco Central de Bolivia para la Serie “A”y ante la Superintendencia de Bancos para la serie “B”, con anterioridad a la promulgación del Decreto Supremo Nº 22979, serán tramitados y resueltos conforme a las disposiciones que fueron derogadas, debiendo cumplir con todos los requisitos previstos por ley y los reglamentos que se hubieren emitido sobre este aspecto”.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23324, 9 de noviembre de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifícase el artículo 2 del decreto supremo 22979 de 20 de noviembre de 1,991. | ||||
Keywords | Gaceta 1761, 1992-11-30, Decreto Supremo, noviembre/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9895 | ||||
Referencias | 1992.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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