Bolivia: Decreto Supremo Nº 22420, 14 de febrero de 1990

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que por Ley Nº 1052 de febrero 8 de 1989, se aprobó el Presupuesto Consolidado del Sector Público para su vigencia durante el presente período fiscal.
  • Que el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, ha solicitado un Presupuesto Adicional, por la percepción de ingresos provenientes del Convenio suscrito entre la Agencia de Cooperación de los Estados Unidos de Norteamérica (USAID) y dicho Portafolio de Estado.
  • Que el inc.7), artículo 96 de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República proponer modificaciones durante la vigencia del Presupuesto Aprobado; en concordancia con el artículo 64 del Decreto Supremo Nº 21364 de agosto 13 de 1986 y el artículo 9 de la Ley Nº 1052 de febrero 8 de 1989.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Con cargo a aprobación legislativa, se autoriza en favor del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública un Presupuesto Adicional por la suma de un millón doscientos setenta y seis mil bolivianos (Bs.1.276.000.-), financiados por Donaciones y de acuerdo al siguiente detalle:

ORGANISMO :MINISTERIO DE PREVISION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 02 :SERVICIOS OPERATIVOS ESPECIALES DE SALUD
RECURSOS :DONACIONES
GESTION :1989

INGRESOS


(En bolivianos)


Financiamiento por origen de los recursos

CódigoFuentePresupuesto adicional 1989
IIEXTERNOS1.276.000
8OTROS1.276.000
8.1Donaciones1.276.000
T o t a l1.276.000

EGRESOS


(En bolivianos)


Clasificación por objeto del gasto

CódigoD e t a l l ePresupuesto adicional 1989
200SERVICIOS NO PERSONALES998.900
210Servicios básicos159.200
211.8Comunicaciones71.800
213.8Publicidad54.800
214.8Imprenta32.600
220Servicios de Transporte y Seguros839.700
221.8Pasajes110.900
222.8Viáticos728.800
300MATERIALES Y SUMINISTROS224.900
310Para Oficina65.300
311.8Papelería y Suministros Varios65.300
320Para usos varios159.600
325.8Lubricantes y Combustibles150.700
328.8Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores8.900
400ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS52.200
430Maquinaria y equipo52.200
435.8Equipo de Comunicaciones52.200
T o t a l1.276.000


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de febrero de mil novecientos noventa años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Jorge Soruco Min. Relaciones Exteriores y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la Republica a. i., Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Min. Previsión Social y S. P. a. i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22420, 14 de febrero de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCon cargo a aprobación legislativa, se autoriza en favor del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública un Presupuesto Adicional por la suma de un millón doscientos setenta y seis mil bolivianos (Bs. 1.276.000.-), financiados por Donaciones y de acuerdo al siguiente detalle
KeywordsGaceta 1638, 1990-03-12, Decreto Supremo, febrero/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8606
Referencias1990.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Jorge Soruco Min. Relaciones Exteriores y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la Republica a. i., Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Min. Previsión Social y S. P. a. i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-L-1052] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1989, 8 de febrero de 1989
Presupuesto general de la nación. Apruébase el presupuesto consolidado del sector público de la gestión fiscal de 1989

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