CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Sujetos pasivos) Son sujetos pasivos del impuesto al consumo de energía eléctrica quienes siendo o no productores comercialicen o distribuyan el fluido eléctrico al consumidor final,
Artículo 2°.- (Base de cálculo) Se calculará el impuesto al consumo de energía eléctrica sobre el precio neto de venta, que no incluira el pago por alumbrado público y los impuestos al valor agregado y a las transacciones. Debe ser consignado en la facturación con la tasa del 20% en forma separada.
Artículo 3°.- (Exclusiones) Quedan excluidas del pago del mencionado impuesto, por la venta del fluido eléctrico:
Artículo 4°.- (Liquidación y plazo de pago) Los sujetos pasivos designados en el artículo 1 del presente decreto liquidarán y pagarán el impuesto a los consumos especificos, de acuerdo a lo establecido por el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 21492, excepto en el plazo de pago, que exclusivamente para este caso vencerá el día 15 del mes siguiente al período fiscal correspondiente, para cuyo objeto se inscribirán en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC), como obligados al pago del mencionado impuesto.
Artículo 5°.- (Vigencia) El presente impuesto entrará en vigencia a partir del 1 de marzo de1989.
Artículo 6°.- (Mecanismos de control) La Dirección General de la Renta Interna, queda encargada de establecer los mecanismos adecuados de control, administración y fiscalización sobre el impuesto al consumo de energía eléctrica.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22141, 28 de febrero de 1989 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Son sujetos pasivos del impuesto al consumo de energía eléctrica quienes siendo o no productores comercialicen o distribuyan el fluido eléctrico al consumidor final, | ||||
Keywords | Gaceta 1585, 1989-03-03, Decreto Supremo, febrero/1989 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8477 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1585 - Publicado el: 1989-03-03, 1989.lexml | ||||
Creador | Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raznatovic, Luis Fernando Palenque, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjines, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Jaime Zegada Hurtado, Herman Antelo Laughlin. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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