CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- (Ministro Sin Cartera Responsable de Participacion Popular) Se crea el cargo de Ministro de Estado Sin Cartera Responsable de Participación Popular, con las siguientes atribuciones:
Artículo 2°.- (Ministro Sin Cartera Responsable de Asuntos Indigenas y Pueblos Originarios) Se crea el cargo de Ministro de Estado Sin Cartera Responsable de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios, con las siguientes atribuciones:
Artículo 3°.- (Delegado Presidencial Anticorrupcion) Se crea el cargo de Delegado Presidencial Anticorrupción, con las siguientes atribuciones:
Artículo 4°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Presidencial Nº 27214, 19 de octubre de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DP |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se crea el cargo de Ministro de Estado Sin Cartera Responsable de Participación Popular. | ||||
Keywords | Gaceta 2531, 2003-10-27, Decreto Presidencial, octubre/2003 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24769 | ||||
Referencias | 2003.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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