Bolivia: Decreto Supremo Nº 29529, 23 de abril de 2008

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en virtud del Decreto Supremo Nº 29365 de fecha 5 de diciembre de 2007, el Ministerio de Hacienda suscribió en calidad de “Fideicomitente” un contrato con el Banco de Desarrollo Productivo S. A. M.- BDP S. A. M. Banco de Segundo Piso en calidad de “Fiduciario”, para conformar un patrimonio autónomo por un plazo de un (1) año a partir de la suscripción del indicado contrato, mediante la transferencia de $us85.000.000.- (OCHENTA Y CINCO MILLONES 00/100 DE DOLARES ESTADOUNIDENSES).
  • Que el Decreto Supremo Nº 29365 establece como beneficiario de los recursos del Fideicomiso a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, para dar cumplimiento a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 28701 de 1º de Mayo de 2006.
  • Que es necesario incrementar los recursos transferidos al patrimonio autónomo antes mencionado.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.-

  1. El presente Decreto Supremo tiene por objeto incrementar el monto de transferencia a que hace referencia el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 29365 de fecha 5 de diciembre de 2007 hasta $us155.000.000.- (CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES 00/100 DE DOLARES ESTADOUNIDENSES).
  2. Se amplia el plazo, señalado en el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 29365, a dos (2) años a partir de la firma del contrato de Fideicomiso.

Artículo 2°.- Se instruye al Ministerio de Hacienda y a YPFB, inscribir en sus respectivos presupuestos el incremento de los recursos del Fideicomiso y la obtención de estos.


Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de Hacienda y de Hidrocarburos y Energía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del Presente Decreto Supremo
Es dado en al Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil ocho.
Fdo. ALVARO MARCELO GARCÍA LINERA, David Choquehuanca Cespedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29529, 23 de abril de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioIncrementa el monto de transferencia a que hace referencia el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 29365 de fecha 5 de diciembre de 2007 hasta $us155.000.000, amplia el plazo señalado en el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 29365 a dos (2) años, a partir de la firma del contrato de Fideicomiso.
KeywordsGaceta 3084, 2008-04-23, Decreto Supremo, abril/2008
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27045
Referencias2008.lexml
CreadorFdo. ALVARO MARCELO GARCÍA LINERA, David Choquehuanca Cespedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-28701] Bolivia: Nacionalización de hidrocarburos “Héroes del Chaco”, DS Nº 28701, 1 de mayo de 2006
DECRETO SUPREMO DE NACIONALIZACION DE HIDROCARBUROS “HEROES DEL CHACO”
[BO-DS-29365] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29365, 5 de diciembre de 2007
Autoriza al Ministerio de Hacienda a través del Tesoro General de la Nación - TGN, a suscribir en calidad de “Fideicomitente”, un Contrato de Fideicomiso con el Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. - BDP S.A.M. - Banco de Segundo Piso en calidad de “Fiduciario”, mediante la transferencia de $us85.000.000.- (OCHENTA Y CINCO MILLONES 00/100 DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES), para la conformación de un patrimonio autónomo, por un plazo de hasta un (1) año a partir de la firma del contrato del Fideicomiso.

Referencias a esta norma

[BO-DS-29541] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29541, 1 de mayo de 2008
Concreta la adquisición por parte del Estado Boliviano de al menos el 50% más 1 de las acciones nacionalizadas del paquete accionario de las sociedades: Empresa Petrolera Chaco Sociedad Anónima y Transredes-Transporte de Hidrocarburos Sociedad Anónima y establece las condiciones a las que se sujetará esta transferencia.
[BO-DS-29542] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29542, 1 de mayo de 2008
Concreta la adquisición por parte del Estado Boliviano del 100% de las acciones nacionalizadas del paquete accionario de la sociedad Compañía Logística de Hidrocarburos Boliviana S.A.- CLHB, y establece las condiciones a las que se sujetará esta transferencia.
[BO-DS-29706] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29706, 16 de septiembre de 2008
Establece los mecanismos y condiciones para que el Gobierno Nacional, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo sobre Promoción y Recíproca Protección de Inversiones suscrito con el Reino de los Países Bajos, aprobado y ratificado por la Ley N° 1586 de 12 de agosto de 1994, efectúe el pago de una justa compensación, que representa el valor genuino de las inversiones que Shell Gas (Latin America) B.V. tenia en Transredes - Transporte de Hidrocarburos Sociedad Anónima, a través de su participación en TR Holding Ltda., por efecto de la Nacionalización, con base al acuerdo de partes convenido de mutua voluntad.
[BO-DS-29726] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29726, 1 de octubre de 2008
Establece los mecanismos y condiciones para que el Gobierno Nacional, en cumplimiento de lo establecido en el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y la Unión Económica Belgo - Luxemburguesa para el Fomento y Protección Reciproca de las Inversiones" aprobado y ratificado por Ley N° 1174 de 4 de julio de 1990, efectúe el pago de una justa y adecuada indemnización, correspondiente al valor de las inversiones que AEI Luxembourg Holdings S.àr.l. tenía en Transredes - Transporte de Hidrocarburos Sociedad Anónima, a través de su participación indirecta en TR Holdings Ltda., por efecto de la Nacionalización, con base al acuerdo de partes convenido de mutua voluntad. Autoriza al Ministerio de Hacienda, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, a suscribir una adenda al contrato de Fideicomiso suscrito con el Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. - BDP S.A.M., Banco de Segundo Piso en calidad de "Fiduciario", con el fin de incrementar el monto del Fideicomiso dispuesto po
[BO-DS-29865] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29865, 17 de diciembre de 2008
Autoriza al Ministerio de Hacienda, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, a incrementar el monto del Fideicomiso dispuesto por el Decreto Supremo N° 29365 de 5 de diciembre de 2007, modificado por los Decretos Supremos N° 29529 de 23 de abril de 2008, N° 29706 de 16 de septiembre de 2008 y N° 29726 de 1 de octubre de 2008, hasta un monto de $us283.000.000.
[BO-DS-N17] Bolivia: Decreto Supremo Nº 17, 20 de febrero de 2009
Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación - TGN, incrementar el monto del fideicomiso dispuesto por el Decreto Supremo Nº 29365 de 5 de diciembre de 2007 modificado por los Decretos Supremos Nº 29529 de 23 de abril de 2008, Nº29726 de 1 de octubre de 2008 y Nº 29865 de 17 de diciembre de 2008, hasta un monto de $us 352.154.878,61 , así como suscribir la adenda respectiva con el Fiduciario, Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. - BDP SAM, Banco de Segundo Piso, que deberá incorporar las condiciones de administración de dichos recursos.

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