CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer un plazo para que las instituciones públicas que conforman la Red de Fomento Productivo y Promoción de Exportaciones, se adecuen a lo establecido en la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003, Decreto Supremo Nº 26973 de 27 de marzo 2003, Decreto Supremo Nº 27131 de 14 de agosto de 2003 y Resolución Ministerial Nº 162 de 30 de septiembre de 2003 del Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 2°.- (Aplicacion) El presente Decreto Supremo será de aplicación obligatoria en las siguientes instituciones públicas dependientes del Ministerio de Desarrollo Económico, que conforman la Red de Fomento Productivo y Promoción de Exportaciones:
Artículo 3°.- (Plazo)
Artículo 4°.- (Vigencia de normas)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27292, 20 de diciembre de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establecer un plazo para que las Instituciones Públicas que conforman la Red de Fomento Productivo y Promoción de Exportaciones, adecuen sus estructuras orgánicas. | ||||
Keywords | Gaceta 2549, 2003-12-23, Decreto Supremo, diciembre/2003 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24847 | ||||
Referencias | 2003.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Mauricio Bernardo Galleguillos Camacho Ministro Interino de Minería e Hidrocarburos, Donato Ayma Rojas, Erwin Saucedo Fuentes Ministro Interino de Salud y Deportes, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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