CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Incorpórase a partir de la fecha la ESCUELA NACIONAL DE SALUD, con sede en la ciudad de La Paz, a la estructura orgánica del Ministerio de Salud y Previsión Social, bajo la dependencia directa de éste, debiendo funcionar como una unidad desconcentrada.
Artículo 2°.- Transfiérese al Ministerio de Salud y Previsión Social todos los activos físicos, recursos económicos y presupuesto de la Escuela Nacional de Salud, a partir de la fecha de este decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25491, 13 de agosto de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Incorpórase la escuela ESCUELA NACIONAL DE SALUD, con sede en la ciudad de La Paz, a la estructura orgánica del Ministerio de Salud y Previsión Social. | ||||
Keywords | Gaceta 2156, 1999-08-27, Decreto Supremo, agosto/1999 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9424 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juan Antonio Chain Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Miguel López Backovic, Ministro Interino de Comercio Exterior e Inversión, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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