Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 29 de diciembre de 2011

ACTUALIZACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS PARA LAS PERSONAS NATURALES QUE PRESTAN SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE INTERDEPARTAMENTAL DE PASAJEROS Y CARGA
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0044-11
La Paz, 29 de diciembre de 2011

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28988 de 29 de diciembre de 2006, determina la forma de liquidación y pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), para aquellas personas naturales que prestan servicios de nombre hasta dos (2) vehículos automotores con una antigüedad igual o mayor a los seis (6) años.
  • Que el Decreto Supremo Nº 29745 de 15 de octubre de 2008, sustituye el importe de pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE sólo para personas naturales que prestan el servicio de transporte interdepartamental de carga de acuerdo a la capacidad de carga y arrastre de sus vehículos automotores.
  • Que los Artículos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 29745 de 15 de octubre de 2008, establecen una escala de categorización por tipo de vehículos y capacidad de carga con pagos anuales por concepto del IUE de los siguientes importes: Livianos Bs2.000.- (DOS MIL 00/100 BOLIVIANOS); Medianos Bs2.200.- (DOS MIL DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), Pesados y Tractocamiones Bs2.600.- (DOS MIL SEISCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), que deben ser actualizados anualmente en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), conforme a lo establecido en el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28988 de 29 de diciembre de 2006.
  • Que el último párrafo del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 29745, establece la actualización de dichos importes de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28988.
  • Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Nacionales puede ejecutar acciones que son de competencias del Directorio; en este entendido, el Inciso a. del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto así lo amerite.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento a lo dispuesto en el Inciso a. del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02, de 28 de agosto de 2002.

RESUELVE:

Artículo Único.- Actualizar los importes por concepto del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) correspondiente a la gestión 2011, para personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga según el tipo de vehículo y capacidad de carga, conforme al siguiente detalle:
TRANSPORTE INTERDEPARTAMENTAL DE PASAJEROS POR CARRETERA

TIPO DE VEHICULOTransporte de pasajerosIUE
(Importe en Bs. Gestión 2011)
Pasajeros-.--.-3.600.-

TRANSPORTE INTERDEPARTAMENTAL DE CARGA POR CARRETERA
TIPO DE VEHICULOSCAPACIDAD DE CARGA POR VEHICULO
(Toneladas)*
IUE
(Importe en Bs.Gestión 2011)
DESDEHASTA
Livianos> 1112,880.-
Medianos> 11183,168.-
Pesados> 18Adelante3,744.-

*Se toma en cuenta la carrocería y remolque si corresponde.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 29 de diciembre de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioActualización del Impuesto Sobre las Utilidades de las Empresas para las Personas Naturales Que Prestan Servicio Público de Transporte Interdepartamental de Pasajeros y Carga
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, diciembre/2011
Origenhttp://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd/rnd10-0044-11.pdf
Referencias2010-2012.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO-DS-28988] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28988, 29 de diciembre de 2006
Establecer un mecanismo especial para la presentación de la Declaración Jurada y pago del Impuesto sobre las Utilidades de Empresas - IUE, para las personas naturales afiliadas o no a líneas sindicales, que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga, que tengan registrados a su nombre hasta dos (2) vehículos.
[BO-DS-29745] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29745, 15 de octubre de 2008
Sustituye el importe de pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE sólo para las personas naturales que prestan el servicio de transporte interdepartamental de carga, de acuerdo a la capacidad de carga y arrastre de sus vehículos automotores.

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