Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 1 de abril de 2011

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DEL PERIODO DE TRANSICIÓN DISPUESTO EN LA Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10, MODIFICADO POR LA Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0035-10
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO No 10-0006-11
La Paz, 01 de Abril de 2011

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 3 de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), de 22 de diciembre de 2000, establece que es función del SIN facilitar el cumplimiento voluntario, veraz y oportuno de las obligaciones tributarias.
  • Que los Artículos 78 y 79 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, facultan al Servicio de Impuestos Nacionales a establecer la forma de presentación de declaraciones juradas y pago de tributos, utilizando medios tecnológicos disponibles en el país.
  • Que el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 27310, de 9 de enero de 2004, dispone que las operaciones electrónicas realizadas y registradas en el sistema informático de la Administración Tributaria por un usuario autorizado, surten efectos jurídicos y tienen validez probatoria; presumiéndose que toda operación electrónica registrada en el sistema informático pertenece al usuario autorizado.
  • Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10, de 26 de marzo de 2010, la Administración Tributaria establece el funcionamiento de la Oficina Virtual y el procedimiento para la presentación de declaraciones juradas sin datos a través de la Oficina Virtual o alternativamente vía teléfono celular utilizando el sistema de mensajes cortos SMS.
  • Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0035-10 de 30 de diciembre de 2010, la Administración Tributaria dispone la ampliación del plazo de transición establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10.
  • Que en el marco de la normativa citada precedentemente y, debido a que a la fecha existen contribuyentes que aún no recogieron su tarjeta de acceso a la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales o ésta no fue activada y, considerando que se vienen adecuando los sistemas informáticos para controlar la presentación de declaraciones juradas sin datos o con datos sin pago, únicamente vía Oficina Virtual o SMS ́s y, la presentación de declaraciones juradas con pago, sólo vía Sistema Copérnico, corresponde ampliar el plazo del periodo de transición dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10, ampliado mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0035-10.
  • Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del SIN puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en este entendido, el Inciso a. del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto así lo imponga.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462, de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Inciso a. del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002,

RESUELVE:

Artículo Único.- Ampliar hasta el 30 de junio de 2011, el plazo de transición establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10, modificado por la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0035-10.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 1 de abril de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAmpliación del Plazo del Periodo de Transición Dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10, Modificado Por la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0035-10
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, abril/2011
Origenhttp://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd/rnd10-0006-11.pdf
Referencias2010-2012.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2166] Bolivia: Ley de Servicio de Impuestos Nacionales - S.I.N, 22 de diciembre de 2000
Ley de Servicio de Impuestos Nacionales - S.I.N
[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO-DS-27310] Bolivia: Reglamento al Código Tributario Boliviano, DS Nº 27310, 9 de enero de 2004
REGLAMENTO AL CODIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO
[BO_SIN-RND-10-0004-10] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 26 de marzo de 2010
Funcionamiento de la Oficina Virtual y Procedimiento para la Presentación de Declaraciones Juradas Sin Datos a Través de la Oficina Virtual o Alternativamente Vía Télefono Celular Utilizando el Sistema de Mensajes Cortos - Sms
[BO_SIN-RND-10-0035-10] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 30 de diciembre de 2010
Ampliación del Plazo del Periodo de Transición Dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio No 10-0004-10

Referencias a esta norma

[BO_SIN-RND-10-0018-11] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 30 de junio de 2011
Ampliación del Plazo del Periodo de Transición Dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio No 10-0006-11
[BO_SIN-RND-10-0028-11] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 30 de septiembre de 2011
Ampliación del Plazo del Periodo de Transición Dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10

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