EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Por primera vez en la historia de nuestro país, los gobiernos autónomos municipales tienen la potestad de crear sus propios impuestos al amparo de la nueva Constitución Política del Estado, la cual fue determinante para marcar y encaminar el lineamiento autonómico que, en materia de impuestos, fue tratado por la ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031 de 19 de julio de 2010, siendo detallado en la Ley de Clasificación y Definición de impuestos y de Regulación para la Creación y/o modificación de Impuestos de Dominio de los Gobiernos Autónomos Nº 154 de 14 de julio de 2011.
En virtud de las normas jurídicas señaladas, cada entidad territorial autónoma tiene la potestad de crear sus propios impuestos, de acuerdo a la clasificación dispuesta en el artículo 5 de la señalada Ley Nº 154.
En ese marco, se emitió la Ley Municipal Autonómica Nº 012/2011 de Creación de Impuestos Municipales de 3 noviembre de 2Ü11, la cual marca un momento histórico para el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ya que es la primera vez que este Gobierno Municipal ejerce la potestad tributaria otorgada constitucionalmente creando los impuestos que cobrará.
En ese contexto, identificando que se trata de un momento muy particular en el que corresponde avanzar en una adecuada relación jurídica tributaria entre la Administración Tributaria Municipal y los contribuyentes, con normas tributarias propias, es oportuno adoptar medidas conducentes al cierre de la anterior etapa carácterizada por la creación de impuestos municipales por parte del Órgano Central de Gobierno y el inicio de otra etapa en la que -como se ha mencionado- la potestad tributaria es plenamente ejercida por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
Por ello es que se propone una Ley Municipal Autonómica que apruebe la Regularización Voluntaria de Deudas Tributarias Municipales toda vez que los cambios y reorganización de tributos en el país, lo justifican.
La Ley que se plantea, establece un proceso de regularización voluntaria, disponiendo las características y alcances del mismo, con la finalidad de eliminar la mora que existe por parte de los contribuyentes en el pago de las deudas tributarias municipales que hasta la fecha arrastran, y de esta manera iniciar sin deudas esta nueva etapa tributaria que marcan las normas jurídicas señaladas.
Asimismo, concretando la Regularización Voluntaria, la Administración Tributaria Municipal contará con un Padrón de Contribuyentes depurado y en general con una base de información más precisa gracias a los datos reales que proporcionarán los contribuyentes y terceros responsables.
La jerarquía normativa corresponde a una Ley Municipal porque la Constitución Política del Estado, en el artículo 302, parágrafo I, numerales 19) y 20) consagra como competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Municipales, la creación y administración de impuestos de carácter municipal, y de tasas y patentes a la actividad económica. Además, el Código Tributario en su artículo 6, parágrafo I, numeral 4) establece que “solo la Ley puede Condonar total o parcialmente el pago de tributos, intereses y sanciones”.
Concordante con ello, el mismo Código Tributario en el artículo 58, dispone que “La deuda tributaria podrá condonarse parcial o totalmente, sólo en virtud de una Ley dictada con alcance general, en la cuantía y con los requisitos que en la misma se determinen”.
De esta manera, se propone la Ley Municipal Autonómica de Regularización Voluntaria de Deudas Tributarias Municipales.
EL ÓRGANO LEGISLATIYD DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ:
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley Municipal Autonómica tiene por objeto normar el proceso de Regularización Voluntaria de Deudas Tributarias Municipales en el Municipio de La Paz.
Artículo 2°.- (Ámbito de Aplicación) Las disposiciones contenidas en la presente Ley Municipal Autonómica se aplicarán en la jurisdicción del Municipio de La Paz.
Artículo 3°.- (Plazo) El plazo de vigencia de la Regularización Voluntaria de Deudas Tributarias Municipales sera de ciento ochenta (180) días, computables a partir de la publicación del Reglamento que se emita para la presente Ley.
Artículo 4°.- (Alcance)
Artículo 5°.- (Actualización de Datos Técnicos)
Artículo 6°.- (Regularización de Licencias de Funcionamiento) Las actividades económicas que no cuenten con su correspondiente “licencia de funcionamiento”, podrán obtener la misma durante la vigencia de la Regularización Voluntaria de Deudas Tributarias Municipales, a través de una declaración jurada en la que se indique la fecha del inicio de su actividad, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las respectivas Ordenanzas Municipales reglamentarias, exentos de todo pago de multas e intereses.
Artículo 7°.- (Plan de Pagos)
Artículo 8°.- (Corrección de Registro Tributario e Inicio Tributario) Para los contribuyentes que, basados en la Ley Nº 1669 de División Político - Administrativa, de octubre de 1995, hayan efectuado corrección de jurisdicción municipal inscribiendo sus bienes en los registros tributarios del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz hasta la conclusión de la vigencia del presente proceso de Regularización, se considerará el inicio tributario a partir de la fecha de su registro.
Artículo 9°.- (Depuraciones en el Padrón Municipal) A efectos de contar con una base de datos actualizada del Padrón Municipal de Contribuyentes, se autoriza a la administración Tributaria Municipal efectuar todas las depuraciones que sean necesarias, las mismas que serán contempladas en el Reglamento de esta Ley.
Artículo 1°.- El Ejecutivo Municipal en el plazo máximo de tres (3) meses computables a partir de la vigencia de la presente Ley Municipal Autonómica presentará al Concejo Municipal una propuesta para solucionar los problemas tributarios, tasas y patentes exclusivamente de organizaciones sindicales con personalidad jurídica vigente.
Artículo 2°.- El Ejecutivo Municipal en el plazo máximo de un (1) mes computable a partir de la promulgación de la presente Ley Municipal Autonómica, emitirá la reglamentación correspondiente.
Artículo 3°.- Ante hechos fortuitos que no sean de responsabilidad de los usuarios o del propio Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (huelgas, paros, caídas de sistema y irnos) los plazos podrán ser prorrogados en favor de los usuarios.
Artículo 4°.- La presente Ley Municipal Autonómica entrará en vigencia a partir de su reglamentación.
Norma | Bolivia: Ley Municipal de regularización voluntaria de deudas tributarias municipales, 10 de mayo de 2012 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | LM |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | IMPUESTOS, TASAS Y PATENTES.- Se norma el proceso de Regularización Voluntaria de Deudas Tributarias Municipales en el Municipio de La Paz. | ||||
Keywords | La Paz, Ley Municipal, mayo/2012 | ||||
Origen | http://wsservicios.lapaz.bo/normativa_externa/ConsultaExternaDocumento.aspx?archivo=2012/LM_2778_2012_00016.pdf | ||||
Referencias | LP201206a.lexml | ||||
Creador | Firmado por: Gabriela Niño de Guzman García - PRESIDENTA CONCEJO MUNICIPAL DE LA PAZ Silvia Elena Tamayo Salvatierra - SECRETARIA a.i. CONCEJO MUNICIPAL DE LA PAZ Luis Revilla Herrero - ALCALDE MUNICIPAL DE LA PAZ | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.