VISTOS Y CONSIDERANDO:
POR TANTO:
La Ministra de la Presidencia, en ejercicio de sus específicas atribuciones,
RESUELVE:
Primero .- Aprobar la adecuación del nombre, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno del COLEGIO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE BOLIVIA ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO a la Ley Nº 351, de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, para desarrollar actividades no financieras en los departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto Orgánico, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública y otras tareas no determinadas en su Estatuto Orgánico, bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica.
Segundo .- Autorizar a la Unidad de Personalidades Jurídicas dependiente del Viceministerio de Autonomías, registrar el nombre, Estatuto Orgánico conformado por sesenta y seis (66) Artículos y Reglamento Interno con quince (15) Artículos del COLEGIO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE BOLIVIA ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO, así como la presente Resolución Ministerial en el Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas - SIREPEJU.
Tercero .- Autorizar a la Gaceta Oficial de Bolivia la publicación de la presente Resolución Ministerial, previo cumplimiento de las formalidades pertinentes por parte del COLEGIO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE BOLIVIA ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO.
Cuarto .- Encargar al Viceministerio de Autonomías, dependiente del Ministerio de la Presidencia, la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.
Norma | Bolivia: Resolución Ministerial de 30 de septiembre de 2024 | ||||
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Fecha | 2024-10-06 | Formato | Text | Tipo | RM |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aprobar la adecuación del nombre, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno del COLEGIO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE BOLIVIA ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO a la Ley N° 351, de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, para desarrollar actividades no financieras en los departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto Orgánico, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública y otras tareas no determinadas en su Estatuto Orgánico, bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica. | ||||
Keywords | Gaceta 1806NEC, Resolución Ministerial, septiembre/2024 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280466 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1806NEC, 202410a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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