Bolivia: Ley Nº 985, 24 de octubre de 2017

Ley Nº 985
LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE PENSIONES

Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto modificar los Límites Solidarios Mínimos y Máximos de la Escala de la Pensión Solidaria de Vejez, establecidos en los Artículos 17 y 131 de la Ley Nº 065 de 10 de diciembre de 2010, modificados a través de la Ley Nº 430 de 7 de noviembre de 2013.

Artículo 2°.- (Modificación) Se modifican los Artículos 17 y 131 de la Ley Nº 065, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones, con la siguiente redacción:

“Artículo 17.(PORCENTAJE REFERENCIAL).
Densidad de Aportes en añosLímite Solidario Mínimo (Bs.)Límite Solidario Máximo (Bs.)
10640
11696
12752
13808
14864
15920
169541.136
179881.352
181.0221.568
191.0561.784
201.0902.000
211.1442.126
221.1982.252
231.2522.378
241.3062.504
251.3602.630
261.3842.764
271.4082.898
281.4323.032
291.4563.166
301.4803.300
311.5043.480
321.5283.660
331.5523.840
341.5764.020
35 o más1.6004.200

I. El Porcentaje Referencial que corresponde a cada Asegurado en función a su Densidad de Aportes, es el siguiente:
Densidad de Aportes en añosPorcentaje Referencial
1656%
1757%
1858%
1959%
2060%
2161%
2262%
2363%
2464%
2565%
2666%
2767%
2868%
2969%
3070%
3170%
3270%
3370%
3470%
35 o más70%

II. El Porcentaje Referencial se aplica al Referente Salarial Solidario.”
“ Artículo 131.(LÍMITES SOLIDARIOS). Los Límites Solidarios son los montos referenciales máximos y mínimos utilizados para la determinación del monto de la Pensión Solidaria de Vejez, que se pagará a los Asegurados del área productiva del Sector Minero Metalúrgico en función a su Densidad de Aportes, detallados a continuación:
Densidad de Aportes en añosLímite Solidario Mínimo (Bs.)Límite Solidario Máximo (Bs.)
10640
11696
12752
13808
14864
15920
169541.384
179881.848
181.0222.312
191.0562.776
201.0903.240
211.1443.392
221.1983.544
231.2523.696
241.3063.848
251.3604.000
261.3844.200
271.4084.400
281.4324.600
291.4564.800
301.4805.000
311.5045.000
321.5285.000
331.5525.000
341.5765.000
35 o más1.6005.000

El Órgano Ejecutivo podrá actualizar a través de Decreto Supremo cada cinco (5) años, los montos correspondientes a los Límites Solidarios establecidos en la presente Ley.”

Artículo 3°.- (Alcance) Las modificaciones de la presente Ley, se aplicarán a partir de la publicación, tanto a las nuevas solicitudes de pensión como a aquellas en curso de adquisición. Para aquellas pensiones en curso de pago, su aplicación se sujetará al plazo y procedimiento a determinarse mediante la regulación correspondiente.

Disposición transitoria

ÚNICA.- . Dentro de los veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la promulgación de la presente Ley, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, emitirá la regulación correspondiente.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ciudad de La Paz, a los vienticuatro días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mario Alberto Guillén Suárez, Felix Cesar Navarro Miranda, Gisela Karina López Rivas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 985, 24 de octubre de 2017
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario24 DE OCTUBRE DE 2017.- Modifica los Límites Solidarios Mínimos y Máximos de la Escala de la Pensión Solidaria de Vejez, establecidos en los Artículos 17 y 131 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, modificados a través de la Ley N° 430 de 7 de noviembre de 2013.
KeywordsGaceta 1005NEC, Ley, octubre/2017
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/156923
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1005NEC, 201901c.lexml
CreadorFdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Ginna María Torrez Saracho. Fdo. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mario Alberto Guillén Suárez, Felix Cesar Navarro Miranda, Gisela Karina López Rivas.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-N65] Bolivia: Ley de Pensiones, 10 de diciembre de 2010
LEY DE PENSIONES
[BO-L-N430] Bolivia: Modificación de la Ley de Pensiones, 7 de noviembre de 2013
Modificación de la Ley de Pensiones
[BO-L-N985] Bolivia: Ley Nº 985, 24 de octubre de 2017
24 DE OCTUBRE DE 2017.- Modifica los Límites Solidarios Mínimos y Máximos de la Escala de la Pensión Solidaria de Vejez, establecidos en los Artículos 17 y 131 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, modificados a través de la Ley N° 430 de 7 de noviembre de 2013.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.