Bolivia: Ley Nº 728, 2 de septiembre de 2015

Ley Nº 728
LEY DE 1º DE SEPTIEMBRE DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara el 30 de agosto de cada año “Día del Trabajador de Televisión”, sin suspensión de actividades, día en que se celebrarán actos adecuados por las entidades llamadas al efecto.

Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Comunicación, medios de comunicación privados y públicos, gobiernos autónomos departamentales y gobiernos autónomos municipales, en el marco de sus competencias promocionarán, difundirán y realizarán homenajes que correspondan al “Día del Trabajador de Televisión”.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil quince.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Hugo Zamora Castedo, A. Claudia Torrez Diez, Ginna Maria Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de septiembre del año dos mil quince.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, José Gonzalo Trigoso Agudo, Marianela Paco Durán.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 728, 2 de septiembre de 2015
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario01 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- Declara el 30 de agosto de cada año “Día del Trabajador de Televisión”, sin suspensión de actividades, día en que se celebrarán actos adecuados por las entidades llamadas al efecto.
KeywordsGaceta 788NEC, Ley, septiembre/2015
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153296
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 788NEC, 201509a.lexml
CreadorFdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Hugo Zamora Castedo, A. Claudia Torrez Diez, Ginna Maria Torrez Saracho. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, José Gonzalo Trigoso Agudo, Marianela Paco Durán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-L-N728] Bolivia: Ley Nº 728, 2 de septiembre de 2015
01 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- Declara el 30 de agosto de cada año “Día del Trabajador de Televisión”, sin suspensión de actividades, día en que se celebrarán actos adecuados por las entidades llamadas al efecto.

Referencias a esta norma

[BO-DS-22625] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22625, 23 de octubre de 1990
Créase la Unidad Sanitaria de la ciudad de El Alto, con jurisdicción territorial dentro los limites de la cuarta sección de la provincia Murillo del departamento de La Paz.

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