Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto declarar de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles para la implementación del proyecto y construcción de un Estadio en el Municipio de Cercado del Departamento de Cochabamba, establecer la identificación de los predios y el procedimiento aplicable de expropiación.
Artículo 2°.- (Declaración de necesidad y utilidad pública) Se declara de necesidad y utilidad pública, la expropiación de los bienes inmuebles que sean necesarios para la implementación y construcción del proyecto mencionado en el Artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 3°.- (Identificación de predios y procedimiento de expropiación)
Artículo 4°.- (Ingreso y ejecución de obras) Una vez efectuado el pago del monto de la indemnización, ya sea de manera directa o a través de un depósito judicial, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, se encuentra autorizado para la ejecución efectiva de obras para la construcción de un Estadio en el Municipio de Cercado del Departamento de Cochabamba, hasta su conclusión.
Artículo 5°.- (Financiamiento) El pago del monto indemnizable por concepto de las expropiaciones realizadas en el marco de la presente Ley, será efectuado con recursos transferidos por el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado del Departamento de Cochabamba al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, previo cumplimiento del procedimiento establecido en la Ley Nº 492 de 25 de enero de 2014, de Acuerdos y Convenios Intergubernativos.
Artículo Único.- Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley
Norma | Bolivia: Ley Nº 668, 25 de marzo de 2015 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 24 DE MARZO DE 2015.- LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA LA EXPROPIACIÓN DE BIENES INMUEBLES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADIO EN LA CIUDAD COCHABAMBA. | ||||
Keywords | Gaceta 739NEC, Ley, marzo/2015 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153027 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 739NEC, 201504b.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Milton Claros Hinojosa, Nemesia Achacollo Tola MINISTRA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PUBLICAS, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Marko Marcelo Machicao Bankovic MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE DEPORTES, Marianela Paco Durán. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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