Artículo Único.- La presente Ley tiene por objeto modificar el Parágrafo I del Artículo 94 de la Ley Nº 026 de 30 de junio de 2010, “Ley del Régimen Electoral”, con el siguiente texto:
“Artículo 94.(CONVOCATORIAS).
Única .- El Órgano Electoral deberá adecuar sus reglamentos a lo dispuesto en la presente Ley, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, computables a partir de la publicación de la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 575, 2 de octubre de 2014 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 02 DE OCTUBRE DE 2014.- Modifica el Parágrafo I del Artículo 94 de la Ley N° 026 de 30 de junio de 2010, “Ley del Régimen Electoral”. | ||||
Keywords | Gaceta 682NEC, Ley, octubre/2014 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/152731 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 682NEC, 201410c.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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