Bolivia: Ley Nº 565, 5 de septiembre de 2014

Ley Nº 565
LEY DE 29 DE AGOSTO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de dos lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Andamarca, conforme a lo establecido en la Resolución Municipal Nº 010/2014, de 12 de febrero de 2014, del Concejo Municipal de Santiago de Andamarca, de acuerdo al siguiente detalle:

  1. Lote de terreno con una extensión superficial de 672,60 metros cuadrados (m2), ubicado en la calle Washington entre calle 2 de Agosto y calle sin nombre, de la localidad de Orinoca de la provincia Sud Carangas, del departamento de Oruro, registrado en la oficina de Derechos Reales de la ciudad de Oruro, con Matrícula Computarizada Nº 4.12.1.01.0000008, cuyas colindancias son: al Norte, propiedad de Bernardino Puquinio; al Sud, calle Washington; al Este, propiedad de Wilber Zenteno Ticlla; y al Oeste, calle 2 de Agosto; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos-YPFB y con destino exclusivo a la construcción y funcionamiento de una Estación de Servicios de YPFB.
  2. Lote de terreno con una extensión superficial de 10.000,00 metros cuadrados (m2), ubicado en Río Agua Cruz entre calles sin nombre, de la localidad de Orinoca de la provincia Sud Carangas, del departamento de Oruro, registrado en la oficina de Derechos Reales de la ciudad de Oruro, con Matrícula Computarizada N° 4.12.1.01.0000007, cuyas colindancias son: al Norte, propiedad de Pedro Coria Zenteno; al Sud, Río Agua Cruz; al Este, propiedad de Pedro Coria Zenteno; y al Oeste, propiedad de Pedro Coria Zenteno; a favor del Comando de la Policía Boliviana, con asiento en el departamento de Oruro, dependiente del Ministerio de Gobierno, y con destino exclusivo a la construcción y funcionamiento de una Estación Policial Integral-EPI.


Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de agosto de dos mil catorce años.
Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Quintin Quispe Chura, Marcelo E. Antezana Ruiz, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte y nueve días del mes de agosto del año dos mil catorce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Juan José Hernando Sosa Soruco, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 565, 5 de septiembre de 2014
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba la enajenación, a título gratuito, de dos lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Andamarca, conforme a lo establecido en la Resolución Municipal Nº 010/2014, de 12 de febrero de 2014, del Concejo Municipal de Santiago de Andamarca.
KeywordsGaceta 676NEC, Ley, septiembre/2014
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152688
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 676NEC, 201410b.lexml
CreadorFdo. Eugenio Rojas Apaza, Quintin Quispe Chura, Marcelo E. Antezana Ruiz, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Juan José Hernando Sosa Soruco, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N565] Bolivia: Ley Nº 565, 5 de septiembre de 2014
Aprueba la enajenación, a título gratuito, de dos lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Andamarca, conforme a lo establecido en la Resolución Municipal Nº 010/2014, de 12 de febrero de 2014, del Concejo Municipal de Santiago de Andamarca.

Referencias a esta norma

[BO-DS-23147] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23147, 11 de mayo de 1992
Se exceptúa al Min. de Transportes y Comunicaciones, a AASANA, a la Unidad Ejecutora de Aeropuerto de Cochabamba y al Consorcio Ing. Fortunato Federici y Asociados, del pago del GAC.

Derogada por

[BO-L-N868] Bolivia: Ley Nº 868, 13 de diciembre de 2016
12 DE DICIEMBRE DE 2016.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 5678.00 metros cuadrados (m²) de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Andamarca, ubicado en Orinoca, carretera a Oruro, sector Qullca Qullo, del Municipio de Santiago de Andamarca, Provincia Sur Carangas del Departamento de Oruro, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Challapata, bajo el Folio Real con Matricula computarizada N° 4.12.1.01.0000012, cuyas colindancias son: Al Norte, con una Cancha de Fútbol; Al Sur, con la Unidad Educativa ITAHO; Al Este, con la propiedad del Señor Agapito Choqueticlla; y Al Oeste, con la Carretera Orinoca - Oruro; a favor del Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, con destino exclusivo para la construcción y funcionamiento de una Estación de Servicio de YPFB, conforme a lo establecido en la Resolución Municipal N° 010/2016 de 23 de mayo de 2016, del Concejo Municipal de Santiago de Andamarca.

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