Artículo 1°.- Se declara de prioridad y necesidad nacional la construcción de una nueva infraestructura para el Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional, denominada “Ciudadela Judicial”, en la ciudad de Sucre, por ser sede del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional; además, como justo reconocimiento del Estado Plurinacional a la Capital Constitucional de Bolivia, cuya propiedad es del pueblo boliviano.
Artículo 2°.- El Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, es responsable de garantizar la adquisición de terrenos con destino a la construcción de la “Ciudadela Judicial”.
Artículo 3°.- Quedan encargados de la ejecución de la presente Ley, bajo el principio de coordinación, el Órgano Ejecutivo a través de los Ministerios competentes y el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca.
Norma | Bolivia: Ley Nº 534, 2 de junio de 2014 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara de prioridad y necesidad nacional la construcción de una nueva infraestructura para el Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional, denominada “Ciudadela Judicial”, en la ciudad de Sucre, por ser sede del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional; además, como justo reconocimiento del Estado Plurinacional a la Capital Constitucional de Bolivia, cuya propiedad es del pueblo boliviano. | ||||
Keywords | Gaceta 652NEC, Ley, junio/2014 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152312 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 652NEC, 201409a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efrain Condori Lopez, Marcelo E. Antezana Ruiz, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas. Fdo. ALVARO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Elizabeth Sandra Gutiérrez Salazar, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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