Artículo Único.-
Artículo Único.- Los aspectos referidos a la presente Ley y el cierre de las entidades citadas en el parágrafo I del Artículo Único de la presente Ley, serán establecidos por el Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles a partir de la publicación de la presente Ley.
Artículo 1°.- Los saldos presupuestarios con recursos del organismo financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, producto del cierre del FID, del Instituto Boliviano del Deporte, la Educación Física y la Recreación - BOLIVIA DEPORTES, y del CENARD, serán transferidos en su integridad al Ministerio de Salud y Deportes.
Artículo 2°.- Las fuentes de financiamiento diferentes del Tesoro General de la Nación - TGN, que percibían las instituciones citadas en el parágrafo I del Artículo Único de la presente Ley, serán transferidas al Ministerio de Salud y Deportes.
Artículo abrogatorio Único.- Se abrogan las siguientes disposiciones:
Artículo derogatorio Único.- Se derogan las siguientes disposiciones:
Norma | Bolivia: Ley Nº 364, 24 de abril de 2013 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispone el cierre del Fondo de Inversión para el Deporte - FID, creado por Ley N° 2770 de 7 de julio de 2004, del Deporte; del Instituto Boliviano del Deporte, la Educación Física y la Recreación - BOLIVIA DEPORTES, creado por el Anexo del Decreto Supremo N° 27779 de 8 de octubre de 2004, Reglamento a la Ley N° 2770; y del Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo - CENARD, creado por el Decreto Supremo N° 0693 de 11 de noviembre de 2010, elevado a rango de Ley N° 248 de 15 de junio de 2012. | ||||
Keywords | Gaceta 517NEC, Ley, abril/2013 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141799 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 517NEC, 201306a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo William Elío Chávez, Angel David Cortéz Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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