Bolivia: Ley Nº 1268, 20 de diciembre de 2019

Ley Nº 1268
LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2019
JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE MODIFICACIÓN A LA Ley Nº 1266 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2019 DE RÉGIMEN EXCEPCIONAL Y TRANSITORIO PARA LA REALIZACIÓN DE ELECCIONES GENERALES

Artículo 1°.- La presente Ley tiene por objeto modificar el Parágrafo I del Artículo 12 de la Ley Nº 1266 de 24 noviembre de 2019, de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de Elecciones Generales.

Artículo 2°.- Se modifica el Parágrafo I del Artículo 12 de la Ley Nº 1266 de 24 noviembre de 2019, de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de Elecciones Generales, con el siguiente texto:

“I. El Tribunal Supremo Electoral en un plazo máximo de hasta diez (10) días hábiles siguientes a su posesión, emitirá la Convocatoria para las Elecciones Generales 2020.”


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
FDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Omar Paúl Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
FDO. Karen Longaric Rodríguez
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
FDO. Yerko M. Núñez Negrette
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
FDO. Arturo Carlos Murillo Prijic
MINISTRO DE GOBIERNO
FDO. Luis Fernando López Julio
MINISTRO DE DEFENSA
FDO. Carlos Melchor Diaz Villavicencio
MINISTRO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO
FDO. José Luis Parada Rivero
MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
FDO. Alvaro Eduardo Coimbra Cornejo
MINISTRO DE JUSTICIA Y
TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL
FDO. Roxana Lizarraga Vera
MINISTRA DE COMUNICACIÓN

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1268, 20 de diciembre de 2019
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N° 1266 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2019 DE RÉGIMEN EXCEPCIONAL Y TRANSITORIO PARA LA REALIZACIÓN DE ELECCIONES GENERALES.
KeywordsGaceta 1226NEC, Ley, diciembre/2019
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/167524
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1226NEC, 202002a.lexml
CreadorFDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Omar Paúl Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho. FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ FDO. Karen Longaric Rodríguez FDO. Yerko M. Núñez Negrette FDO. Arturo Carlos Murillo Prijic FDO. Luis Fernando López Julio FDO. Carlos Melchor Diaz Villavicencio FDO. José Luis Parada Rivero FDO. Alvaro Eduardo Coimbra Cornejo FDO. Roxana Lizarraga Vera
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1268] Bolivia: Ley Nº 1268, 30 de septiembre de 1991
Cantón Bengal Vinto. Créase en la Provincia Ladislao Cabrera de Oruro
[BO-L-1266] Bolivia: Ley Nº 1266, 30 de septiembre de 1991
Viviendas de interés social. Venta de lotes ubicados en la zona de Guaracachi (Santa Cruz), a favor de los trabajadores ferroviarios de la red oriental
[BO-L-N1266] Bolivia: Ley de régimen excepcional y transitorio para la realización de elecciones generales, 24 de noviembre de 2019
LEY DE RÉGIMEN EXCEPCIONAL Y TRANSITORIO PARA LA REALIZACIÓN DE ELECCIONES GENERALES.
[BO-L-N1268] Bolivia: Ley Nº 1268, 20 de diciembre de 2019
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N° 1266 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2019 DE RÉGIMEN EXCEPCIONAL Y TRANSITORIO PARA LA REALIZACIÓN DE ELECCIONES GENERALES.

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