Bolivia: Ley Nº 1133, 14 de diciembre de 2018

LEY DE 14 DE DICIEMBRE DE 2018
ÁLVARO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE POSTERGACIÓN DEL PROCESO DE REVOCATORIA DE MANDATO DEL ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE BOLPEBRA

Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto postergar el Proceso de Revocatoria de Mandato del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra, a través de la modificación del Articulo 3 de la Ley Nº 1101 de 17 de septiembre de 2018.

Artículo 2°.- (Modificación) Se modifica el Artículo 3 de la Ley Nº 1101 de 17 de septiembre de 2018, de Convocatoria a Proceso de Revocatoria de Mandato del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra, con el siguiente texto:
“ARTÍCULO 3. (FECHA DE REALIZACIÓN). El Proceso de Revocatoria de Mandato del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra, se realizará el día domingo 17 de febrero de 2019, sujeto a Calendario Electoral aprobado por el Tribunal Supremo Electoral.”

Artículo 3°.- (Adecuación de calendario electoral)

  1. El Tribunal Supremo Electoral adecuará el Calendario Electoral del Proceso de Revocatoria de Mandato del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra, en el marco de sus competencias y atribuciones señaladas por normativa legal vigente.
  2. De acuerdo al principio de preclusión, se considerarán válidas las actividades del Calendario Electoral cumplidas hasta la promulgación de la presente Ley, por las y los Vocales del Tribunal Supremo Electoral y del Tribunal Electoral Departamental de Pando.

Artículo 4°.- (Orden de pago) En caso de que el Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra no realice la transferencia de los recursos económicos requeridos por el Tribunal Supremo Electoral, en el plazo establecido, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a ejecutar la transferencia de las cuentas bancarias del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra, a través de Orden de Pago a favor del Órgano Electoral Plurinacional.

Disposición abrogatoria y derogatoria

Única.- Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
Álvaro García Linera - Presidente en ejercicio, Mario Alberto Guillén Suárez, Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Alfredo Rada Vélez, Ministro de la Presidencia, Dr. Héctor E. Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1133, 14 de diciembre de 2018
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey de postergación del proceso de revocatoria de mandato del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra.
KeywordsGaceta 1128NEC, Ley, diciembre/2018
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/160768
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1128NEC, 201910b.lexml
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1101] Bolivia: Ley de convocatoria a Proceso de Revocatoria de Mandato del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra, 22 de septiembre de 1989
Camino cobija - porvenir. Declárase necesario y urgente su asfaltado
[BO-L-N1101] Bolivia: Ley Nº 1101, 17 de septiembre de 2018
17 DE SEPTIEMBRE DE 2018.- LEY DE CONVOCATORIA A PROCESO DE REVOCATORIA DE MANDATO DEL ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE BOLPEBRA.

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