Artículo 1°.- Declárase necesario y urgente el asfaltado del camino carretero Cobija - Porvenir, ubicado en la provincia “Nicolás Suárez” del departamento de Pando.
Artículo 2°.- La obra será proyectada y ejecutada por el Servicio Nacional de Caminos en coordinación con la Corporación de Desarrollo de Pando.
Artículo 3°.- Autorízase al poder Ejecutivo la tramitación ante fuentes internas o externas del financiamiento respectivo.
Norma | Bolivia: Ley de convocatoria a Proceso de Revocatoria de Mandato del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra, 22 de septiembre de 1989 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Camino cobija - porvenir. Declárase necesario y urgente su asfaltado | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1989 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1101 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzman, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderon de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Lic. Willy Vargas Vacaflor, MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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