Bolivia: Ley Nº 625, 16 de marzo de 1984

Lic. JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Provincia Sebastián Pagador del Departamento de Oruro, con su capital Santiago de Huari, comprendiendo en su jurisdicción los siguientes Cantones: Condo “C”, Condo “K”, Urmiri, Vichajlupe, Lagunillas, Machohoca, Cahuayo y Caracota.

Artículo 2°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la Provincia Sebastián Pagador, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.


Remítase al Poder Ejecutivo, a efecto de su promulgación.
Es dada en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años.
H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Alfredo Monje Suárez., Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.
Por tanto, la conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años.
Lic. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente del Honorable Congreso Nacional.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H, Francisco Figueroa Velasco, Diputado Secretario.
Esta Ley fue promulgada por el Sr. Vicepresidente de la República, en cumplimiento de la Resolución congresal de 16 de marzo de 1984.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 625, 16 de marzo de 1984
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioProvincia sebastian pagador, créase en Oruro, capital Santiago de huari
KeywordsLey, marzo/1984
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=625
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Alfredo Monje Suárez., Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario. Lic. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente del Honorable Congreso Nacional.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H, Francisco Figueroa Velasco, Diputado Secretario.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.
[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

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