Bolivia: Ley Nº 579, 23 de noviembre de 1983

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Cantón Collana Tolar con su capital del mismo nombre, en la jurisdicción de la Provincia Aroma, del Departamento de La Paz, comprendiendo las siguientes poblaciones: Tara Kullu, Llujturi, Quillcoma, Tuntu - Mayu, Collana Belén, Wichu Ayoja, cuyos límites son los siguientes: Norte, Cantón Ayoja; al Sud con el Cantón Ayo Ayo; al Este con el Cantón Ayo Ayo y el Oeste con el Cantón Villa Carmen.

Artículo 2°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al Art. 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de ejecutar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.


Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres años.
H. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 579, 23 de noviembre de 1983
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón Collana Tolar, créase en la Provincia Aroma, La Paz
KeywordsLey, noviembre/1983
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=579
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-923] Bolivia: Ley Nº 923, 18 de marzo de 1987
Sección municipal 5a. Se modifica los arts. 1 y 2 de la ley 579, de 15 de abril de 1985, que crea la quinta de la Provincia Quillacollo, con capital Colcapirhua

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