Bolivia: Ley Nº 576, 20 de octubre de 1983

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado del Departamento de Oruro, con su capital El Choro, la misma que estará constituida por los siguientes Cantones: Challacollo, Crucero, Belén, Rancho Grande y San Felipe de Chaitavi. Los Límites de la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado de Oruro, son los siguientes: Al Norte, con Santo Tomás; al Sur, con las Provincias Saucari y Poopó; la Este, con la Provincia Poopó, y al Oeste, con la Provincia Saucari

Artículo 2°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar la delimitación de la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado de Oruro, con su capital El Choro; levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.


Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres años.
H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Benjamín Miguel Harb, Ministro Secretario General de la Presidencia de la República.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 576, 20 de octubre de 1983
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSección municipal 3a, créase en la Provincia cercado, Oruro, capital el choro
KeywordsLey, octubre/1983
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=576
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Benjamín Miguel Harb, Ministro Secretario General de la Presidencia de la República.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-2329] Bolivia: Ley Nº 2329, 4 de febrero de 2002
Créase la Tercera Sección de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro, denominada Parí, con su Capital Soracachi

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