Artículo 1°.- Créase la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado del Departamento de Oruro, con su capital El Choro, la misma que estará constituida por los siguientes Cantones: Challacollo, Crucero, Belén, Rancho Grande y San Felipe de Chaitavi. Los Límites de la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado de Oruro, son los siguientes: Al Norte, con Santo Tomás; al Sur, con las Provincias Saucari y Poopó; la Este, con la Provincia Poopó, y al Oeste, con la Provincia Saucari
Artículo 2°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar la delimitación de la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado de Oruro, con su capital El Choro; levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 576, 20 de octubre de 1983 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sección municipal 3a, créase en la Provincia cercado, Oruro, capital el choro | ||||
Keywords | Ley, octubre/1983 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=576 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Benjamín Miguel Harb, Ministro Secretario General de la Presidencia de la República. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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