Artículo Único.- Queda sin efecto el sobreprecio por K. W. H. que cobra COMIBOL por suministro de energía eléctrica al Comité Departamental de Electricidad de la ciudad de Potosí, debiendo mantenerse la tarifa que regía al 31 de diciembre de 1965.
Norma | Bolivia: Ley Nº 406, 15 de agosto de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Queda sin efecto el sobreprecio por KWH que cobra Comibol por su ministro eléctrico al Comité Departamental de Potosí. | ||||
Keywords | Gaceta 415, Ley, agosto/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22901 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 415, 202106f.lexml | ||||
Creador | Firmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario. FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Presidente del H. Congreso Nacional, Oscar Ortíz Avaroma, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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