Bolivia: Ley Nº 403, 3 de julio de 1968

Ley Nº 403
LEY DE 2 DE JULIO DE 1968
DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- A partir del 1° de enero de 1968, y con cargo al presupuesto ordinario de la Corporación Boliviana de Fomento, instalaráse una oficina regional dependiente de la citada Institución en la ciudad de Tarija, con la finalidad de preparar planes de desarrollo económico, realizar estudios d prefactibilidad y factibilidad de los mismos; financiarlos, ejecutarlos y prestar asesoramiento técnico y económico a la iniciativa privada.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de diciembre de 1967.
Firmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario.
Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de julio de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Presidente del H. Congreso Nacional, Víctor Quinteros Rasguido, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 403, 3 de julio de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea oficina a partir del 1-1-68 regional dependiente del presupuesto ordinario de la Corporación Boliviana de Fomento para planes de desarrollo económico de iniciativa privada en Tarija.
KeywordsGaceta 407, Ley, julio/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22903
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 407, 202106f.lexml
CreadorFirmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario. FDO. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Presidente del H. Congreso Nacional, Víctor Quinteros Rasguido, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-L-403] Bolivia: Ley Nº 403, 3 de julio de 1968
Crea oficina a partir del 1-1-68 regional dependiente del presupuesto ordinario de la Corporación Boliviana de Fomento para planes de desarrollo económico de iniciativa privada en Tarija.

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