Artículo Único.- A partir del 1° de enero de 1968, y con cargo al presupuesto ordinario de la Corporación Boliviana de Fomento, instalaráse una oficina regional dependiente de la citada Institución en la ciudad de Tarija, con la finalidad de preparar planes de desarrollo económico, realizar estudios d prefactibilidad y factibilidad de los mismos; financiarlos, ejecutarlos y prestar asesoramiento técnico y económico a la iniciativa privada.
Norma | Bolivia: Ley Nº 403, 3 de julio de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crea oficina a partir del 1-1-68 regional dependiente del presupuesto ordinario de la Corporación Boliviana de Fomento para planes de desarrollo económico de iniciativa privada en Tarija. | ||||
Keywords | Gaceta 407, Ley, julio/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22903 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 407, 202106f.lexml | ||||
Creador | Firmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario. FDO. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Presidente del H. Congreso Nacional, Víctor Quinteros Rasguido, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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