Artículo Único.- Modifícase el artículo 2 y los incisos a) y b) del artículo 3 de la Ley Nº 3485 de 22 de septiembre de 2006, cuyo texto será el siguiente:
“Artículo 2. Constituirán el universo de beneficiarios:.
Ex trabajadores mineros relocalizados y/o retirados hasta el año 1986 de las empresas E. M. U. C. P., RIO YURA, COLAVI Y LA PALCA, de la ciudad de Potosí, que se encuentran consignados en las listas aprobadas por COMIBOL y que no hubiesen sido beneficiados con anteriores leyes de transferencia de inmuebles”
“Artículo 3. Serán beneficiarios quienes cumplan los siguientes requisitos:.
a) Haber sido trabajador minero relocalizado y/o retirado de las empresas E. M. U. C. P., RIO YURA, COLAVI Y LA PALCA, de la ciudad de Potosí, aspecto que debe ser acreditado con la presentación del finiquito respectivo.
b) No haber sido beneficiado con la adjudicación de inmueble alguno por COMIBOL u otro régimen de vivienda (FONVIS), aspecto que debe ser acreditado con la presentación del Certificado de No Propiedad del carácter de esos inmuebles, emitido por el Juez Registrador de Derechos Reales”
Norma | Bolivia: Ley Nº 4013, 15 de abril de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 02 DE ABRIL DE 2009.- Modifíca el artículo 2 y los incisos a) y b) del artículo 3 de la Ley No. 3485 de 22 de septiembre de 2006. | ||||
Keywords | Gaceta 19NEC, Ley, abril/2009 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/27910 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 19NEC, 201901b.lexml | ||||
Creador | Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, José Villavicencio Amuruz, Orlando Careaga Alurralde, Martín Mollo Soto, Segundo Tobías Maida Rojas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Echazu A. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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