Bolivia: Ley Nº 2789, 2 de agosto de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Ampliando los alcances del Decreto Supremo Nº 24624, de mayo de 1997 y Ley Nº 1860, de fecha 3 de junio de 1998, se encomienda al Poder Ejecutivo y a las instancias públicas correspondientes, la concreción de la construcción del nuevo Aeropuerto para la ciudad de Sucre, Capital Constitucional de la República, en las Pampas de Alcantarí y Yamparáez, bajo el denominativo oficial de “Aeropuerto Internacional de Alcantarí”.

Artículo 2°.- Para los efectos de adquisición de terrenos, expropiación y pago elevase a rango de Ley el Decreto Supremo Nº 24624, de mayo de 1997.

Artículo 3°.- De acuerdo a la Ley Nº 2034, de 3 de noviembre de 1999, se dispone el 10%, del Fondo de Reactivación del Departamento de Chuquisaca, para la infraestructura aeroportuaria de Yamparáez.

Artículo 4°.- La ejecución completa de esta obra, en términos de estudios a diseño final, contrataciones y administración estará bajo la responsabilidad del Gobierno Central, Prefectura del Departamento de Chuquisaca y en estrecha coordinación con las Alcaldías de Sucre y Yamparáez, así como con las instancias orgánicas que puedan crearse para el efecto.

Artículo 5°.- Se dispone con carácter obligatorio la asignación anual del presupuesto correspondiente con el aporte regular del Tesoro General de la Nación, Prefectura de Chuquisaca y Alcaldías de Sucre y Yamparáez, los mismos que servirán de contraparte para el financiamiento externo que deberá ser gestionado por el Gobierno Central.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arríen Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de dos mil cuatro años.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2789, 2 de agosto de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConcreción de la construcción del nuevo Aeropuerto para la ciudad de Sucre, Capital Constitucional de la República, en las Pampas de Alcantarí y Yamparáez, bajo el denominativo oficial de "Aeropuerto Internacional de Alcantarí"
KeywordsLey, agosto/2004
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2789
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arríen Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo. Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24624] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24624, 20 de mayo de 1997
Se declara de necesidad y utilidad pública la construcción de un nuevo aeropuerto en el Departamento de Chuquisaca, en la Segunda Sección de la Provincia Yamparaez.
[BO-L-1860] Bolivia: Ley Nº 1860, 3 de junio de 1998
Declárase de prioridad nacional y utilidad pública la construcción del nuevo Aeropuerto en Sucre
[BO-L-2034] Bolivia: Ley Nº 2034, 3 de noviembre de 1999
Se constituye el Fondo de Reactivación del Departamento de Chuquisaca con los recursos de las acciones de propiedad de la Prefectura del Departamento en la Fábrica de Cemento Sucre

Referencias a esta norma

[BO-DS-28463] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28463, 24 de noviembre de 2005
Se autoriza el incremento de la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” en el Presupuesto 2005 de la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, por 1.421.200 (Proyecto Construcción Aeropuerto Yamparáez).
[BO-DS-28833] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28833, 23 de agosto de 2006
Autorizar a la Prefectura del Departamento de Chuquisaca licitar la contratación de servicios de consultoría del diseño final del Aeropuerto de Alcantarí.
[BO-DS-28843] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28843, 30 de agosto de 2006
Autorizar a la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, suprimir la Primera Fase “Proceso de Expresiones de Interés” en la contratación de servicios de consultoría para la elaboración del estudio a Diseño Final del Aeropuerto de Alcantarí.

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