Artículo 1°.- Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo Nº 22269, del 26 de julio de 1989 y declárase de prioridad nacional el equipamiento del Parque nacional de TOROTORO.
Artículo 2°.- Incorpórase al Comité de Gestión y Administración del Parque Nacional TOROTORO, a la Central Campesina de la Zona y a la Alcaldía de Torotoro.
Artículo 3°.- Encomiéndase a la Corporación de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), destinar una partida presupuestaria para el equipamiento respectivo.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1370, 13 de noviembre de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Parque nacional Toro - Toro, elévase a ley el d.s. 22269 y Declárase de propiedad nacional su equipamiento | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1992 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1370 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración Justicia y Defensa Social. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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