Bolivia: Ley Nº 1370, 13 de noviembre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo Nº 22269, del 26 de julio de 1989 y declárase de prioridad nacional el equipamiento del Parque nacional de TOROTORO.

Artículo 2°.- Incorpórase al Comité de Gestión y Administración del Parque Nacional TOROTORO, a la Central Campesina de la Zona y a la Alcaldía de Torotoro.

Artículo 3°.- Encomiéndase a la Corporación de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), destinar una partida presupuestaria para el equipamiento respectivo.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración Justicia y Defensa Social.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1370, 13 de noviembre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioParque nacional Toro - Toro, elévase a ley el d.s. 22269 y Declárase de propiedad nacional su equipamiento
KeywordsLey, noviembre/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1370
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración Justicia y Defensa Social.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22269] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22269, 26 de julio de 1989
Se declara Parque Nacional de Toro Toro el area de 16.570 Hectareas ubicada en la segunda sección Toro Toro en la provincia Charcas del Departamento de Potosi

Referencias a esta norma

[BO-L-N1370] Bolivia: Ley Nº 1370, 28 de abril de 2021
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 6.702,06 m², fraccionados de una superficie total de 11.537,24 m², de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes, ubicado en el Lote Nº 1, Manzano Nº 46 , Distrito Nº 10, Zona Nº 4 del Municipio de Villa Montes, Tercera Sección, Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija; a favor de 25 personas con discapacidad del Municipio de Villa Montes, de acuerdo a Anexo que forma parte indivisible de la presente Ley, con destino exclusivo para la construcción de viviendas sociales financiadas por la Agencia Estatal de Vivienda y el Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, de conformidad a la Ley Municipal Autónoma N° 282 de 2 de octubre de 2020, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes.ANEXO(S) :ANEXO LEY N° 1370Fecha de emisión : 2021-04-28- Descargar Anexo

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