Artículo 1°.- Créase el cantón “COPANCARA” en la jurisdicción de la provincia Omasuyos del departamento de La Paz, comprendido dentro de la nueva jurisdicción a las comunidades de Copancara, Isla Cojara, Cayahuani, Wuiscantia, Centro y Kowuiri.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al norte con el cantón Huarina de la provincia Omasuyos; al Sud con el cantón Batallas de la provincia Los Andes; al Este con el cantón Peñas de la provincia Los Andes y al Oeste con el Lago Titicaca.
Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el art. 6° del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1351, 2 de octubre de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Copancara, Créase en la Provincia Omasuyos, La Paz | ||||
Keywords | Ley, octubre/1992 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1351 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Ing. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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