Bolivia: Ley Nº 1349, 1 de octubre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
PROYECTO ELECTRIFICACION DE LA PROVINCIA MODESTO OMISTE.- Apruébase el de Cooperación técnica suscrito en Santa Cruz, el 13 de marzo de 1992, por $us. 102 mil, para la realización del estudio de Factibilidad del Proyecto.
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59°, atribución 5ta., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Cooperación Técnica de Recuperación Contingente, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) el día 13 de marzo de 1992, en Santa Cruz -Bolivia, por la suma de hasta CIENTO DOS MIL 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($us. 102.000.-) destinados a financiar la realización del estudio de Factibilidad Técnica y económica del Proyecto de Electrificación de la provincia Modesto Omiste del departamento de Potosí, a ser ejecutado por la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE).


Remítase de al Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 22 de septiembre de 1992
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Ing. Jorge Quiroga Ramirez, Ministro de Finanzas.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- Ing. Herbert Müller Costas, Ministro de Energía e Hidrocarburos.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1349, 1 de octubre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioProyecto electrificación de la Provincia Modesto Omiste. Apruébase el de cooperación técnica suscrito en Santa Cruz, el 13 de marzo de 1992, por $us. 102 mil, para la realización del estudio de factibilidad del proyecto
KeywordsLey, octubre/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1349
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Ing. Jorge Quiroga Ramirez, Ministro de Finanzas.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- Ing. Herbert Müller Costas, Ministro de Energía e Hidrocarburos.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1349] Bolivia: Ley Extraordinaria para garantizar la atención y tratamiento por parte del subsector privado de salud durante la emergencia sanitaria producida por el coronavirus (COVID-19), 1 de diciembre de 2020
LEY EXTRAORDINARIA PARA GARANTIZAR LA ATENCIÓN Y TRATAMIENTO POR PARTE DEL SUBSECTOR PRIVADO DE SALUD DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA PRODUCIDA POR EL CORONAVIRUS (COVID-19).

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