Artículo 1°.- Se declara monumento nacional al Cerro de Potosí, a partir de la cumbre en su configuración actual hasta la base, comprendiendo el cerro menor de Huayna Potosí, la Capilla del Minero, los antiguos socavones, el Socavón del Rey y todos los signos externos que dejó la minería y el pueblo potosino, especialmente en la cima que visitó el Libertador Bolívar.
Artículo 2°.- Decláranse, asimismo, monumentos nacionales todas las lagunas existentes a lo largo de la ladera oeste de la Cordillera del Kari -Kari, con todos sus elementos componentes y los acueductos de interconexión entre las diversas lagunas, construidos durante la época colonial.
Artículo 3°.- Decláranse monumentos nacionales todas las ruinas, restos de superficie y de subsuelo hasta 5 metros de profundidad de lo que fueron los ingenios de concentración de minerales y de los que en el futuro puedan descubrirse mediante excavaciones u otros procesos similares.
Artículo 4°.- El Ministerio de Educación y Cultura, a través del Instituto Boliviano de Cultura y la H. Alcaldía Municipal de Potosí, elaborarán en forma conjunta la reglamentación de la presente Ley, que será aprobada de acuerdo a disposiciones legales vigentes.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1197, 9 de noviembre de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara monumento nacional al cerro de Potosí | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1990 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1197 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Mariano Baptista Gumucio, Ministro de Educación y Cultura. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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