Bolivia: Decreto Supremo Nº 4992, 26 de julio de 2023

Decreto Supremo Nº 4992
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 37 de la Constitución Política del Estado determina que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades. Que el Parágrafo II del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0066, de 3 de abril de 2009, establece que el Ministerio de Salud y Deportes creará una Unidad Ejecutora para la implementación del pago del Bono Madre Niño - Niña «Juana Azurduy» y garantizará la infraestructura, equipamiento y financiamiento necesario para su funcionamiento. Para este efecto, los aspectos administrativos y operativos serán reglamentados mediante Resolución Ministerial.
  • Que el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 2480, de 6 de agosto de 2015, dispone que el «Subsidio Universal Prenatal por la Vida» entrará en vigencia a partir de la publicación de la reglamentación específica de los aspectos administrativos y operativos de la entrega de este beneficio a cargo del Ministerio de Salud a través de la Unidad Ejecutora del «Bono Juana Azurduy», en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario computable a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 2063, de 23 de julio de 2014, señala que independientemente de la fuente de financiamiento, la compra de vehículos debe ser autorizada mediante Decreto Supremo expreso.
  • Que el Ministerio de Salud y Deportes, a través de la Unidad Ejecutora del «Bono Juana Azurduy» requiere vehículos para brindar apoyo en las actividades operativas de atención y registro a mujeres gestantes, niños y niñas menores de dos (2) años, el traslado de material logístico y transporte del personal, en coordinación con las entidades correspondientes para el pago del Bono Madre Niño - Niña «Juana Azurduy» y la entrega del Subsidio Universal Prenatal por la Vida, por lo cual es necesario un Decreto Supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la presente gestión, al Ministerio de Salud y Deportes la compra de vehículos destinados a la Unidad Ejecutora del «Bono Juana Azurduy» para el traslado de material logístico y transporte del personal, en coordinación con las entidades correspondientes para el pago del Bono Madre Niño - Niña «Juana Azurduy» y la entrega del Subsidio Universal Prenatal por la Vida.

Artículo 2°.- (Autorización) Se autoriza al Ministerio de Salud y Deportes la compra de seis (6) vehículos tipo camioneta 4x4 modelo estándar, para la Unidad Ejecutora del «Bono Juana Azurduy», por un monto de hasta Bs1.620.288.- (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTE mil DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS).


La señora Ministra de Estado en el Despacho de Salud y Deportes, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil veintitrés.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Marcelino Quispe López, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, María Renee Castro Cusicanqui, Rubén Alejandro Méndez Estrada, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4992, 26 de julio de 2023
Fecha2023-10-16FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la presente gestión, al Ministerio de Salud y Deportes la compra de vehículos destinados a la Unidad Ejecutora del “Bono Juana Azurduy” para el traslado de material logístico y transporte del personal, en coordinación con las entidades correspondientes para el pago del Bono Madre Niño - Niña “Juana Azurduy” y la entrega del Subsidio Universal Prenatal por la Vida.
KeywordsGaceta 1661NEC, Decreto Supremo, julio/2023
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/169176
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1661NEC, 202309a.lexml
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N66] Bolivia: Decreto Supremo Nº 66, 3 de abril de 2009
Instituir el incentivo para la maternidad segura y el desarrollo integral de la población infantil de cero a dos años de edad, mediante el Bono Madre Niño - Niña “Juana Azurduy” en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y las políticas de erradicación de la pobreza extrema.
[BO-DS-N283] Bolivia: Decreto Supremo Nº 283, 2 de septiembre de 2009
Racionaliza el parque automotor de las entidades públicas, a través de la calificación, clasificación, disposición y baja de los remanentes. Asimismo, autoriza la compra y/o alquiler de vehículos, para las entidades públicas, previo cumplimiento de requisitos.
[BO-DS-N2063] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2063, 23 de julio de 2014
Modifica los Artículos 12 y 14 del Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, así como establece regulaciones específicas sobre uso y registro de los vehículos.
[BO-DS-N2480] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2480, 7 de agosto de 2015
06 DE AGOSTO DE 2015.- Instituye el “Subsidio Universal Prenatal por la Vida” para mujeres gestantes que no están registradas en ningún Ente Gestor del Seguro Social de Corto Plazo, con la finalidad de mejorar la salud materna y reducir la mortalidad neonatal.
[BO-DS-N4992] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4992, 26 de julio de 2023
El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la presente gestión, al Ministerio de Salud y Deportes la compra de vehículos destinados a la Unidad Ejecutora del “Bono Juana Azurduy” para el traslado de material logístico y transporte del personal, en coordinación con las entidades correspondientes para el pago del Bono Madre Niño - Niña “Juana Azurduy” y la entrega del Subsidio Universal Prenatal por la Vida.

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