Bolivia: Decreto Supremo Nº 4814, 19 de octubre de 2022

Decreto Supremo Nº 4814
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 406 del Texto Constitucional, establece que el Estado garantizará el desarrollo rural integral sustentable por medio de políticas, planes, programas y proyectos integrales de fomento a la producción agropecuaria, artesanal, forestal y al turismo, con el objetivo de obtener el mejor aprovechamiento, transformación, industrialización y comercialización de los recursos naturales renovables.
  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, dispone que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
  • Que los Parágrafos I y II del Artículo 15 de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, vigentes por el inciso n) de la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 1413, de 17 de diciembre de 2021, del Presupuesto General del Estado Gestión 2022, autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, en el marco de sus competencias, inscribir y/o incrementar el gasto en las partidas 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables", y Subgrupo 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos, los cuales no ameritarán la emisión de Decreto Supremo; y para las demás fuentes de financiamiento y los casos que no correspondan a contraparte nacional, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29611, de 25 de junio de 2008, crea el Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - INIAF, como una Institución Descentralizada de derecho público, con personería jurídica propia, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, con patrimonio propio, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, actual Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
  • Que con la finalidad de contribuir a la formación de una base productiva en el sector pecuario nacional, es necesario la emisión de un Decreto Supremo que autorice el incremento de la subpartida de gasto 25810 "Consultorías por Producto" para la ejecución del proyecto de inversión destinado al Estudio de Coeficientes Zootécnicos de Ganado Bovino en Bolivia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) Con la finalidad de ejecutar el proyecto de inversión destinado al Estudio de Coeficientes Zootécnicos de Ganado Bovino en Bolivia, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - INIAF el incremento de la subpartida 25810 "Consultorías por Producto".

Artículo 2°.- (Autorización) Se autoriza al INIAF, en la gestión 2022, incrementar la subpartida 25810 "Consultorías por Producto", por un monto de Bs2.000.000.- (DOS MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 42230 "Otras Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado", del "Programa de Inversión Pública Multisectorial Estudios de Innovación y Desarrollo Agrícola Norte de Bolivia", con Fuente41 "Transferencias TGN" y Organismo Financiador 111 "Tesoro General de la Nación", para la ejecución del Proyecto "Estudio de Coeficientes Zootécnicos de Ganado Bovino en Bolivia".


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veintidós.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Félix Villavicencio Niño De Guzmán, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINA DE SALUD Y DEPORTES, Juan Santos Cruz, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4814, 19 de octubre de 2022
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCon la finalidad de ejecutar el proyecto de inversión destinado al Estudio de Coeficientes Zootécnicos de Ganado Bovino en Bolivia, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal – INIAF el incremento de la subpartida 25810 “Consultorías por Producto”.
KeywordsGaceta 1563NEC, Decreto Supremo, octubre/2022
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168925
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1563NEC, 202211a.lexml
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-DS-29611] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29611, 25 de junio de 2008
Crea el Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - INIAF, establece su estructura, objetivos, funciones, así como articula e integra al Programa Nacional de Semillas - PNS, la Unidad de Coordinación del Programa de Servicios Agropecuarios - UCPSA y el Centro Nacional de Producción de Semillas de Hortalizas - CNPSH, además determina el cierre operativo y financiero del Sistema Boliviano de Tecnología Agropecuaria - SIBTA.
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N614] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, 15 de diciembre de 2014
13 DE DICIEMBRE DE 2014.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2015
[BO-L-N1413] Bolivia: Ley Nº 1413, 17 de diciembre de 2021
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2022.
[BO-DS-N4814] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4814, 19 de octubre de 2022
Con la finalidad de ejecutar el proyecto de inversión destinado al Estudio de Coeficientes Zootécnicos de Ganado Bovino en Bolivia, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal – INIAF el incremento de la subpartida 25810 “Consultorías por Producto”.

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