CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se modifica el Parágrafo II de la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo Nº 4740, de 15 de junio de 2022, con el siguiente texto:
“II. La infracción establecida en el Artículo 5 del presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2023. Las y los poseedores y/o propietarios de vehículos con vidrios oscurecidos o polarizados, deben contar con la respectiva autorización hasta el 31 de diciembre de 2022.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4810, 12 de octubre de 2022 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Parágrafo II de la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo Nº 4740, de 15 de junio de 2022. | ||||
Keywords | Gaceta 1560NEC, Decreto Supremo, octubre/2022 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168914 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1560NEC, 202210a.lexml | ||||
Creador | FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Félix Villavicencio Niño De Guzmán, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Juan Santos Cruz, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz. SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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