CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Con el propósito de facilitar las operaciones en flujo de mercancías y personas en frontera, promoviendo la integridad y seguridad nacional e impulsando el desarrollo de las zonas fronterizas, a través del funcionamiento de Recintos Multipropósito de Frontera, el presente Decreto Supremo tiene por objeto otorgar a la Aduana Nacional la administración y uso de los Recintos Multipropósito de Frontera.
Artículo 2°.- (Administración e implementación operativa) La Aduana Nacional estará a cargo de la administración e implementación operativa de los Recintos Multipropósito de Frontera que funcionarán en zonas de seguridad fronteriza del territorio nacional.
Artículo 3°.- (Entrega de los recintos multipropósito de frontera) Para el cumplimiento del Artículo precedente, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la entrega gradual de la infraestructura construida y funcional de los Recintos Multipropósito de Frontera, incluidos los activos asociados a la misma, a la Aduana Nacional para su administración, implementación operativa y uso.
Artículo 4°.- (Convenios y contratos para uso de infraestructura) Para el uso de los Recintos Multipropósito de Frontera, se autoriza a la Aduana Nacional en su calidad de administrador, a suscribir:
Artículo 5°.- (Operaciones de las entidades públicas de control y seguridad fronteriza) Todas las entidades públicas de control y seguridad fronteriza que, de acuerdo a las necesidades específicas de cada frontera, sean convocadas por la Aduana Nacional en su calidad de administrador, deberán realizar sus operaciones en los Recintos Multipropósito de Frontera.
Disposición Adicional Única.- La Aduana Nacional aprobará el Reglamento de Funcionamiento de los Recintos Multipropósito de Frontera por Resolución de Directorio, en un plazo máximo de hasta treinta (30) días calendario, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4806, 5 de octubre de 2022 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Con el propósito de facilitar las operaciones en flujo de mercancías y personas en frontera, promoviendo la integridad y seguridad nacional e impulsando el desarrollo de las zonas fronterizas, a través del funcionamiento de Recintos Multipropósito de Frontera, el presente Decreto Supremo tiene por objeto otorgar a la Aduana Nacional la administración y uso de los Recintos Multipropósito de Frontera. | ||||
Keywords | Gaceta 1557NEC, Decreto Supremo, octubre/2022 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168908 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1557NEC, 202210a.lexml | ||||
Creador | FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Edmundo Novillo Aguilar MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Félix Villavicencio Niño De Guzmán, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Sabina Orellana Cruz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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